Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 156

Fecha del Boletín 
29-06-2020

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20200629-80

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 1

80
Madrid número 1. Ejecución 6/2018

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

DOÑA CARMEN RODRÍGUEZ VOZMEDIANO, LETRADA DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA del Juzgado de lo Social n.º 1 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento 6/2018 de este Juzgado de lo Social, seguido a instancia de FUNDACIÓN LABORAL DE LA CONSTRUCCIÓN frente a ALGI PROYECTOS Y CONSTRUCCIONES 2011, S. L. sobre ejecución de títulos judiciales se ha dictado la siguiente resolución:

Constando consignada la cantidad de 1.214,64 euros en la cuenta de este Juzgado y habiéndose cumplido en su totalidad la presente ejecutoria, procédase a devolver la mencionada cantidad a ALGI PROYECTOS Y RECONSTRUCCIONES 2011, S. L., una vez aporte el número de cuenta, con certificado de titularidad, a fin de realizar la transferencia bancaria a la misma, evitando de este modo que la parte tenga que desplazarse a la sede judicial, teniendo en cuenta la actual crisis sanitaria y la consecuente limitación de acceso a los edificios judiciales.

Si no aportara el número de cuenta, se procederá a expedir mandamiento de devolución, una vez concluida la mencionada crisis sanitaria y autorizado el acceso a los edificios judiciales.

Modo de impugnación: Mediante recurso de reposición ante este Juzgado, no obstante lo cual, se llevará a efecto lo acordado. El recurso deberá interponerse por escrito en el plazo de tres días hábiles contados desde el siguiente de la notificación, con expresión de la infracción cometida a juicio del recurrente, sin cuyos requisitos no se admitirá el recurso (artículo 186.1 LJS).

Y para que sirva de notificación en legal forma a ALGI PROYECTOS Y CONSTRUCCIONES 2011, S. L., en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

En Madrid, a 4 de junio de 2020.

LA LETRADA DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

(03/12.394/20)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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