Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 154

Fecha del Boletín 
26-06-2020

Sección 1.2.112.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20200626-9

Páginas: 2


I. COMUNIDAD DE MADRID

B) Autoridades y Personal

CONSEJERÍA DE CIENCIA, UNIVERSIDADES E INNOVACIÓN

9
Orden 91/2020, de 24 de junio, del Consejero de Ciencia, Universidades e Innovación, por la que se nombran a los Vocales y Secretario de la Comisión Interdepartamental de Ciencia, Tecnología e Innovación de la Comunidad de Madrid.

De conformidad con lo establecido en el artículo 26.1.20 de su Estatuto de Autonomía, la Comunidad de Madrid ostenta la competencia exclusiva en materia de fomento de la investigación científica y técnica.

La transversalidad de la investigación científica y técnica y de la innovación hace que diferentes consejerías de la Comunidad de Madrid lleven a cabo actuaciones en estas materias, por lo que resulta imprescindible la existencia de un órgano de coordinación de sus iniciativas y propuestas.

En virtud de lo anterior, el artículo 8 de la Ley 9/2015, de 28 de diciembre, de Medidas Fiscales y Administrativas, crea la Comisión Interdepartamental de Ciencia, Tecnología e Innovación, como órgano de coordinación de la acción de las consejerías de la Comunidad de Madrid en materia de investigación científica, transferencia tecnológica e innovación basada en el conocimiento.

De conformidad con la citada ley, la Comisión está vinculada a la Consejería competente en materia de investigación. Sus funciones y organización interna son objeto de regulación mediante reglamento, que ha sido aprobado mediante el Decreto 76/2016, de 12 de julio, del Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid.

De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 9 del Decreto 76/2016, de 12 de julio, el Consejero competente en materia de investigación, al que corresponde la presidencia del órgano, nombrará un vocal en representación de cada una de las consejerías de la Comunidad de Madrid.

De conformidad con lo establecido en el artículo 10, el Secretario, con voz y sin voto, será nombrado por el titular de la Consejería competente en materia de investigación entre los funcionarios adscritos a la Dirección General competente en materia de investigación de la Comunidad de Madrid.

En virtud de lo expuesto y en virtud de las competencias conferidas por las disposiciones vigentes

DISPONGO

Primero

Nombramiento de los vocales

Nombrar como vocales de la Comisión Interdepartamental de Ciencia, Tecnología e Innovación, a propuesta de los titulares de las respectivas consejerías, a:

— Al titular de Viceconsejería Transparencia, Gobierno Abierto y Atención al Ciudadano.

— Al titular de la Viceconsejería de Presidencia y Transformación Digital.

— Al titular de la Viceconsejería de Justicia y Victimas.

— Al titular de la Viceconsejería de Hacienda.

— Al titular de la Viceconsejería de Economía y Competitividad.

— Al titular de la Viceconsejería de Vivienda y Administración Local.

— Al titular de la Viceconsejería de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio y Sostenibilidad.

— Al titular de la Viceconsejería de Humanización Sanitaria.

— Al titular de la Viceconsejería de Políticas Sociales, Familia, Igualdad y Natalidad.

— Al titular de la Viceconsejería de Transportes, Movilidad e Infraestructuras.

— Al titular de la Viceconsejería de Política Educativa.

— Al titular de la Viceconsejería de Cultura y Turismo.

— Al titular de la Viceconsejería de Ciencia, Universidades e Innovación.

Segundo

Nombramiento del secretario

Nombrar secretario de la Comisión Interdepartamental de Ciencia, Tecnología e Innovación de la Comunidad de Madrid al titular de la Subdirección General de Investigación de la Dirección General de Investigación e Innovación Tecnológica.

Tercero

Efectos

La presente orden producirá efectos desde el día de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Madrid, a 24 de junio de 2020.

El Consejero de Ciencia, Universidades e Innovación, EDUARDO SICILIA CAVANILLAS

(03/14.487/20)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.2.112.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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