Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 154

Fecha del Boletín 
26-06-2020

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20200626-65

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 39

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Madrid número 39. Procedimiento 621/2019

EDICTO

En este Juzgado se siguen autos de procedimiento ordinario número 621/2019, entre don Benjamín Antona Poza y don Enrique Álvarez Pérez, en los que se ha dictado, en fecha 11 de marzo de 2020, sentencia, cuyo encabezamiento y fallo son los siguientes:

Sentencia número 51/20

En Madrid, a 11 de marzo de 2020.—Vistos por doña Lucía Legido Gil, magistrada-juez titular del Juzgado de primera instancia número 39 de Madrid, los presentes autos de juicio ordinario número 621/2019, seguidos a instancias de don Benjamín Antona Poza, representado por el procurador don Miguel Ángel Heredero Suero y asistido por el letrado don Alberto Bartolomé Sancho, frente a don Enrique Álvarez Pérez, que se mantuvo en los autos en situación de rebeldía procesal, sobre acción declarativa de dominio y de rectificación y cancelación de la inscripción registral contradictoria.

Fallo

Estimar íntegramente la demanda interpuesta por el procurador de los tribunales don Miguel Ángel Heredero Suero, en nombre y representación de don Benjamín Antona Poza, frente a don Enrique Álvarez Pérez, que se mantuvo en los autos en situación de rebeldía procesal, y, en consecuencia, declarar que la vivienda sita en Madrid, calle Toledo, número 142, 7.o 3, finca registral número 22439, inscrita en el Registro de la Propiedad número 4 de Madrid, adquirida por doña Victoria Velasco Vega, tiene carácter privativo, acordándose la rectificación y cancelación de la inscripción antedicha.

Las costas devengadas en la instancia se imponen a la parte demandada.

Notifíquese la presente sentencia a las partes interesadas, también al demandado rebelde conforme a lo previsto en el artículo 497 LEC.

La presente sentencia no es firme y contra ella cabe interponer recurso de apelación ante la ilustrísima Audiencia Provincial de Madrid, que, en su caso, deberá interponerse por medio de escrito ante este Juzgado en el plazo de los veinte días hábiles contados desde el día siguiente de la notificación. Para recurrir es de aplicación la disposición adicional decimoquinta de la LOPJ, en su nueva redacción dada por el apartado 19 del artículo 1 de la LO 1/2009, de 3 de noviembre, complementaria de la Ley de Reforma de la Legislación Procesal para la Implantación de la Nueva Oficina Judicial, por la que se modifica la LO 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial.

Así lo acuerda, manda y firma doña Lucía Legido Gil, magistrada-juez del Juzgado de primera instancia número 39 de Madrid.

Publicación

Leída y publicada fue la anterior sentencia por la magistrada que la suscribe, estando constituida en audiencia pública en el mismo día de su fecha, de todo lo cual, doy fe.

Y para que sirva de notificación a don Enrique Álvarez Pérez, para su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, expido y firmo la presente en Madrid, a 12 de marzo de 2020.—La letrada de la Administración de Justicia (firmado).

(02/12.433/20)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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