Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 154

Fecha del Boletín 
26-06-2020

Sección 1.3.106.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20200626-11

Páginas: 2


I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones

CONSEJERÍA DE VIVIENDA Y ADMINISTRACIÓN LOCAL

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ANUNCIO de segunda prórroga de 18 de junio de 2020, de la encomienda de gestión de 23 de diciembre de 2019, de la Secretaría General Técnica de la Consejería de Vivienda y Administración Local a la Secretaría General Técnica de la Consejería de Presidencia en materia de contratación, gestión presupuestaria y contable, personal, régimen jurídico, régimen interior, así como las propias del delegado de protección de datos y de la Unidad de Transparencia de la Secretaría General Técnica.

De una parte, D. Luis Martínez Sicluna Sepúlveda, Secretario General Técnico de la Consejería de Vivienda y Administración Local.

Y de otra parte, D.a Elena Hernáez Salguero, Secretaria General Técnica de la Consejería de Presidencia.

EXPONEN

Mediante el Decreto 73/2019, de 27 de agosto, del Consejo de Gobierno, se modificó la estructura orgánica básica de las Consejerías de la Comunidad de Madrid.

Por razones de eficacia y con el fin de garantizar la continuidad de la gestión administrativa, se consideró conveniente encomendar a la Consejería de Presidencia determinadas tareas en materia de contratación, gestión presupuestaria y contable, régimen jurídico, régimen interior, registro y personal dentro del ámbito de competencias de administración local que ahora corresponden a la Secretaría General Técnica de la Consejería de Vivienda y Administración Local, así como las propias del delegado de protección de datos y de la unidad de transparencia de la Secretaría General Técnica, suscribiéndose la correspondiente encomienda de gestión con fecha 23 de diciembre de 2019 (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 30 de diciembre de 2020) por un plazo de vigencia desde el 1 de enero de 2020 hasta el día 31 de marzo de 2020, sin perjuicio de la posibilidad de que, si resultase necesario, ambas Consejerías puedan acordar que se prolongue a un momento posterior a dicha fecha.

Al subsistir al término de la encomienda de gestión las razones que motivaron su suscripción, se procedió a una primera prórroga de la misma, en sus mismos términos y condiciones, hasta el 30 de junio de 2020.

Con motivo de la crisis sanitaria provocada por el COVID-19, debido a la suspensión de plazos administrativos no ha sido posible llevar a cabo hasta la fecha la provisión de puestos de trabajo de la Secretaría General Técnica de la Consejería de Vivienda y Administración Local. Por ello se hace necesaria una segunda prórroga de la encomienda de gestión, en los mismos términos y con el alcance previsto en el documento firmado el 23 de diciembre de 2019.

Como consecuencia de lo anterior y al amparo de lo establecido en el artículo 11 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, los titulares de los órganos intervinientes

ACUERDAN

Cláusula primera

La segunda prórroga, para el período comprendido entre el 1 de julio de 2020 hasta el 30 de septiembre de 2020, de la encomienda de gestión de la Secretaría General Técnica de la Consejería de Vivienda y Administración Local a la Secretaría General Técnica de la Consejería de Presidencia en materia de contratación, gestión presupuestaria y contable, de personal, de régimen jurídico, así como las propias del delegado de protección de datos y de la unidad de transparencia de la Secretaría General Técnica, sin perjuicio de la posibilidad de que, si resultase necesario, ambas Consejerías puedan acordar que se prolongue a un momento posterior a dicha fecha.

Sin perjuicio del plazo anteriormente señalado, en la medida en que las unidades administrativas adscritas a la Secretaría General Técnica de la Consejería de Vivienda y Administración Local estén en disposición de gestionar, por tener el personal suficiente, las funciones que tienen atribuidas por razón de la materia, la encomienda dejará de tener eficacia en relación con determinados ámbitos materiales.

Cláusula segunda

La presente encomienda se publicará en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 18 de junio de 2020.—El Secretario General Técnico de la Consejería se Vivienda y Administración Local, Luis Martínez-Sicluna Sepúlveda.—La Secretaria General Técnica de la Consejería de Presidencia, Elena Rosa Hernáez Salguero.

(03/13.920/20)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.3.106.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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