Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 146

Fecha del Boletín 
18-06-2020

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20200618-81

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 18

81
Madrid número 18. Procedimiento 376/2019

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

D./Dña. PILAR ORTIZ MARTINEZ LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA DEL Juzgado de lo Social nº 18 de Madrid.

HAGO SABER: Que en el procedimiento 376/2019 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de D./Dña. MARIA ALINA SOMCUTEAN frente a LIMPIEZA JARDINERIA Y CONSERJERIA JRP GRUPOS SL y FOGASA sobre Procedimiento Ordinario se ha dictado la siguiente resolución sentencia 473/2019:

FALLO

Estimando la demanda presentada por Dña. MARIA ALINA SOMCUTEAN contra LIMPIEZA JARDINERIA Y CONSERJERIA JRP GRUPOS SL y FOGASA en los conceptos y cuantías concretadas en el acta de juicio en reclamación de Cantidad, condeno a la empresa LIMPIEZA JARDINERIA Y CONSERJERIA JRP GRUPOS SL a abonar al actor la cantidad de 1375 euros más 137,5 euros en concepto de interés por mora.

Se advierte a las partes que esta sentencia es firme y contra ella no cabe interponer recurso alguno.

Así por esta mi sentencia, definitivamente juzgando, lo pronuncio, mando y firmo.

Y para que sirva de notificación en legal forma a LIMPIEZA JARDINERIA Y CONSERJERIA JRP GRUPOS SL, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto ,salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

En Madrid , a seis de marzo de dos mil veinte .

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

(03/11.240/20)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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