Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 146

Fecha del Boletín 
18-06-2020

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20200618-71

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 6

71
Madrid número 6. Ejecución 65/2020

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

DOÑA EVA SAN PABLO MORENO, LETRADA DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA del Juzgado de lo Social n.º 6 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento 65/2020 de este Juzgado de lo Social, seguido a instancia de DON ANTONIO MORGADO BARQUERO frente a DOÑA MARÍA MERCEDES RAZOLA GAMBOA sobre ejecución de títulos judiciales se ha dictado resolución cuya parte dispositiva contiene el siguiente tenor literal:

Se tiene por solicitada la ejecución de la obligación de readmitir impuesta, en sentencia de fecha 27/1/2020, a la empresa DOÑA MARÍA MERCEDES RAZOLA GAMBOA en favor del demandante DON ANTONIO MORGADO BARQUERO y, previo a su resolución, se acuerda oír a las partes en comparecencia, que se celebrará en este Juzgado de lo Social, sito en C/ Princesa, 3, Planta 2, 28008, el día 14/7/2020, a las 14:00 horas, que solo versará sobre la falta de readmisión en debida forma que se ha alegado, a la que deberán acudir con todos los medios de prueba de que intenten valerse en orden a esa cuestión. Cíteselas en legal forma a tal fin, quedando advertidas de que si no acudiese la parte demandante (por sí o debidamente representada), se la tendrá por desistida de su petición, en tanto que si el ausente fuese el empresario (por sí o legalmente representado), el acto se celebrará sin su presencia.

Y para que sirva de notificación en legal forma a DOÑA MARÍA MERCEDES RAZOLA GAMBOA, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

En Madrid, a cinco de junio de dos mil veinte.

LA LETRADA DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

(03/12.250/20)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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