Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 146

Fecha del Boletín 
18-06-2020

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20200618-59

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 35

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Madrid número 35. Procedimiento 658/2018

EDICTO

En este Juzgado se siguen autos de procedimiento ordinario número 658/2018, entre don Ángel José Tarancón de Diego y doña Clara de la Torre Huerta y Bankia, S. A. e Identity Soluciones Inmobiliarias, S. L., en cuyos autos se ha dictado la siguiente sentencia:

Fallo

Que estimando íntegramente la demanda planteada por don Ángel José Tarancón de Diego y doña Clara de la Torre Huerta, representados por la procuradora doña María Luisa Montero Correal y asistidos del letrado don José Carlos Avendaño Latour, contra Identity Soluciones Inmobiliarias, S. L., declaro la inexistencia del contrato privado de compraventa de derecho de aprovechamiento por turnos de inmuebles de 26 de septiembre de 2008, condenando a la parte codemandada Identity Soluciones Inmobiliarias, S. L., a devolver a la parte actora las cantidades recibidas más los intereses. Todo ello con imposición de las costas a la parte demandada.

Absolviendo a la codemandada Bankia, S. A., de los pedimentos en su contra, condenando en costas a la parte actora.

Notifíquese la presente resolución las partes en legal forma, advirtiéndoles que no es firme, pudiendo interponer contra ella, ante este Juzgado y para la ilustrísima Audiencia Provincial de Madrid, recurso de apelación dentro de los veinte días siguientes a su notificación, que no será admitido a trámite si no se acreditara suficientemente por la parte interesada en su interposición haber constituido el depósito requerido por la disposición adicional decimoquinta de la Ley Orgánica del Poder Judicial, introducida mediante Ley Orgánica 1/2009, de 3 de noviembre.

Así por esta, su sentencia, de la que se expedirá certificación literal para su unión a los autos, incorporándose el original de la misma al libro de sentencias que en este Juzgado se custodia, lo pronuncio, mando y firmo.

Publicación

En la fecha anteriormente indicada fue leída y publicada la anterior resolución por la ilustrísima señora magistrada que la dictó, celebrando audiencia pública. Doy fe.

Y para que sirva de notificación a Identity Soluciones Inmobiliarias, S. L., expido y firmo la presente.

En Madrid, a 31 de enero de 2020.—El letrado/a de la Administración de Justicia (firmado).

(02/11.496/20)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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