Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 145

Fecha del Boletín 
17-06-2020

Sección 1.2.111.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20200617-9

Páginas: 4


I. COMUNIDAD DE MADRID

B) Autoridades y Personal

CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y JUVENTUD

9
Resolución de 10 de junio de 2020, de la Dirección General de Recursos Humanos, por la que se aprueban los expedientes del procedimiento selectivo para ingreso al Cuerpo de Catedráticos de Música y Artes Escénicas convocado por Resolución de 25 de abril de 2019.

Mediante Resolución de 7 de noviembre de 2019, de la Dirección General de Recursos Humanos, corregida por Resolución de 2 de diciembre de 2019, se nombran funcionarios en prácticas a los aspirantes seleccionados en el procedimiento selectivo para ingreso al Cuerpo de Catedráticos de Música y Artes Escénicas.

Realizada la fase de prácticas prevista en la base novena y Anexo VII de la Resolución de 25 de abril, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 32 del Real Decreto 276/2007, de 23 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de Ingreso, Accesos y Adquisición de Nuevas Especialidades en los cuerpos docentes a que se refiere la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, y se regula el régimen transitorio de ingreso a que se refiere la disposición transitoria decimoséptima de la citada Ley, esta Dirección General

RESUELVE

Primero

Aprobar el expediente de los procedimientos selectivos de ingreso convocado por Resolución de 25 de abril de 2019.

Segundo

Declarar “aptos” en la fase de prácticas a los aspirantes seleccionados por Resolución de esta Dirección General de 25 de julio de 2019, que figuran relacionados en el Anexo I, indicando asimismo como “Exentos” a aquellos seleccionados que, de conformidad con lo establecido en el Anexo VII de la Resolución de 25 de abril de 2019, estaban exentos de la evaluación de las mismas.

Tercero

Declarar pendientes de calificación por la Comisión Evaluadora a los aspirantes relacionados en el Anexo II que, por las causas que se indican en el mismo, no han finalizado el periodo de prácticas. Estos profesores deberán realizar la fase de prácticas durante el curso 2020-2021.

Los Directores de los respectivos centros comunicarán, una vez iniciado el próximo curso académico, al Presidente de la Comisión de Evaluación de las prácticas, la incorporación de los Profesores que se relacionan en el Anexo II para que se proceda a su calificación, procediéndose posteriormente por las comisiones a enviar a esta Dirección General las actas con la calificación obtenida.

Cuarto

El régimen jurídico administrativo del profesorado al que se declara “apto” en la fase de prácticas será, hasta su toma de posesión como funcionarios de carrera, el de funcionarios en prácticas, siempre que estén desempeñando un puesto docente.

Quinto

Esta Dirección General elevará propuesta al Ministerio de Educación y Formación Profesional para que proceda al nombramiento como funcionarios de carrera en el Cuerpo de Catedráticos de Música y Artes Escénicas a los aspirantes seleccionados que figuran relacionados en el Anexo I, así como aquellos que, de conformidad con lo establecido en el Anexo VII de la Resolución de 25 de abril de 2019, estaban exentos de la evaluación de las mismas. Los efectos del nombramiento serán de 1 de septiembre de 2020.

Sexto

De conformidad con los artículos 115, 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, contra esta Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso de alzada ante la Viceconsejería de Organización Educativa en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de su publicación.

Madrid, a 10 de junio de 2020.—El Director General de Recursos Humanos, Miguel José Zurita Becerril.















(03/12.795/20)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.2.111.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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