Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 145

Fecha del Boletín 
17-06-2020

Sección 4.100.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20200617-87

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN DE LEGANÉS NÚMERO 5

87
Leganés número 5. Procedimiento 203/2018

EDICTO

Doña Mercedes Riolobos Izquierdo, letrada de la Admón. de Justicia del Juzgado de primera instancia número 5 de Leganés.

Da fe: Que en este Juzgado se siguen autos de procedimiento Familia. Guarda, Custodia o Alimentos de hijos menores no matrimoniales no consensuados núm. 203/2018 instados por procuradora Dña. María Eugenia Carmona Alonso, en nombre y representación de Dña. LUCRECIA CHÉVEZ ALONSO contra D. DAVID DANIEL FLORES ZUNIGA sobre guarda y custodia, en los que se ha dictado en fecha 20 de abril de 2020, auto de rectificación de la sentencia de 5 de noviembre de 2019, cuya parte dispositiva es la siguiente:

PARTE DISPOSITIVA

Aclaro la sentencia de 5 de noviembre de 2019, recaída en el presente procedimiento en los siguientes términos:

Sustituir, en el párrafo primero del Fundamento de Derecho Quinto la expresión “Queda, por último, determinar la pensión que, por alimentos, ha de pagar el Sr. Aguirre Medía para atender las necesidades de sus hijos…2, por la de “Queda, por último, determinar la pensión que, por alimentos, ha de pagar el Sr. Flores Zúñiga para atender las necesidades de sus hijos…”.

Sustituir en el fallo de la sentencia, las referencias al hijo común de las partes como ERICK DANIEL FLOREZ CHÉVEZ por la de ERICK DANIEL FLORES CHÉVEZ.

Sustituir, a lo largo de todo el texto de la sentencia, las referencias al demandado, progenitor paterno, como DAVID DANIEL FLORES ZUNGA por la de DAVID DANIEL FLORES ZÚÑIGA.

Notifíquese a las partes haciéndoles saber que la presente resolución es firme, y que contra la misma no podrá interponerse recurso ordinario alguno (art. 454 Lec).

Así lo acuerda, manda y firma, Dña. Mónica Boticario Martín, Magistrada-Juez del Juzgado de Primera Instancia nº 5 de Leganés y su partido; doy fe.

Y para que sirva de notificación en legal forma a DAVID DANIEL FLORES ZÚÑIGA, hoy en desconocido paradero expido el presente.

En Leganés, a tres de junio de dos mil veinte.

LA LETRADO DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

(03/11.964/20)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.100.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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