Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 145

Fecha del Boletín 
17-06-2020

Sección 3.10.20F: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20200617-45

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE FUENLABRADA

RÉGIMEN ECONÓMICO

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Fuenlabrada. Régimen económico. Extracto convocatoria subvenciones

Extracto de Acuerdo de Junta de Gobierno Local de fecha 12 de junio de 2020 (urg.) por la que se convocan las subvenciones para el programa “Pintamos la Escuela” correspondientes al año 2020.

BDNS 510619

De conformidad con lo previsto en los art. 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la Convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/es/index).

Primero. Beneficiarios.—Tienen la consideración de beneficiarios centros educativos de titularidad municipal ubicados en el municipio de Fuenlabrada, concretamente:

— (37) Centros de Educación Infantil y Primaria.

— (2) Centros de Educación Especial.

— (1) Centro de Educación Permanente de Adultos.

— (7) Escuelas Infantiles.

— (2) Casas de Niños.

Segundo. Objeto.—Se subvencionan trabajos de pintura (espacios y elementos exteriores e interiores) en centros educativos de titularidad municipal. El plazo de las acciones subvencionadas comprende entre el 1 de marzo de 2020 a 30 de septiembre de 2021.

Tercero. Bases reguladoras.—La ordenanza reguladora de subvenciones del Ayuntamiento de Fuenlabrada se encuentra publicada en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 11 de marzo de 2005, así como en la página web municipal.

Cuarto. Importe.—El importe asignado a estas ayudas es de 170.522,00 euros en la partida presupuestaria 5031/326/48900. El importe máximo asignado a cada centro se establece según el siguiente baremo:

a) Escuelas Infantiles Municipales: 1.922,80 euros máximo.

b) Casas de Niños municipales: 1.619,20 euros máximo.

c) Centros de Educación Especial: 3.845,60 euros máximo.

d) Centro Público de Educación permanente de Adultos: 3.845,60 euros máximo.

e) Centros Públicos de Educación Infantil y Primaria: 3.845,60 euros máximo.

Quinto. Plazo presentación solicitudes.—El plazo de presentación de solicitudes será de 10 días hábiles desde la publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Sexto. Otros datos.—Para concurrir a estas ayudas se deberá presentar el Impreso de solicitud correspondiente acompañado de la documentación necesaria (artículo 5) en el Registro General del Ayuntamiento de Fuenlabrada.

Se procederá al pago anticipado, una vez concedida la subvención de forma definitiva.

Se deberán justificar los fondos recibidos con anterioridad al 31 de octubre de 2021.

En Fuenlabrada, a 15 de junio de 2020.—El alcalde-presidente, Francisco Javier Ayala Ortega.

(03/13.203/20)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20F: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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