Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 144

Fecha del Boletín 
16-06-2020

Sección 3.10.20P: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20200616-74

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE POZUELO DE ALARCÓN

URBANISMO

Gerencia Municipal de Urbanismo

74
Pozuelo de Alarcón. Urbanismo. Gerencia Municipal de Urbanismo. Plan parcial APR 3.4-10

En cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 59 y concordantes de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid y 128.2 del Reglamento de Planeamiento Urbanístico, aprobado por Decreto 2159/1978, se pone en general conocimiento que la Junta de Gobierno Local, en sesión ordinaria celebrada el 13 de mayo de 2020, adoptó el siguiente acuerdo:

Primero.—Admitir a trámite y aprobar inicialmente el Plan Parcial de Reforma Interior del APR 3.4-10 “Antonio Becerril/Carretera de Carabanchel”, del Plan General de Ordenación Urbana de Pozuelo de Alarcón, promovido por la Comisión Gestora del precitado APR y concretado en la documentación presentada el 20 de abril de 2020 con NRE 2020/10526 (aportada previamente en formato digital 13 de abril de 2020 con NRE 2020/10179 y 2020/10180) con las condiciones que se derivan del informe técnico emitido por la arquitecto jefe de Planeamiento de 30 de abril de 2020.

Segundo.—Someter el expediente al preceptivo trámite de información pública por el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de notificación y publicación del presente acuerdo, mediante la notificación personal a los propietarios de suelo incluidos en la unidad de ejecución, la inserción de anuncios en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y en un periódico de amplia difusión en la misma, así como mediante su exposición en el tablón de anuncios y página web municipales.

Tercero.—Requerir los informes de los órganos y entidades públicas previstos legalmente como preceptivos o que, por razón de la posible afección de los intereses públicos por ellos gestionados, deban considerarse necesarios.

Cuarto.—Suspender el otorgamiento de licencias urbanísticas que, incluidas en el ámbito comprendido en el plan parcial, pudieran resultar afectadas por sus determinaciones, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 70.4 de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo, de la Comunidad de Madrid, y 120 del Reglamento de Planeamiento Urbanístico.

Lo que se hace público para general conocimiento y efectos legales oportunos, comunicando que queda a disposición del público dicho expediente, que podrá ser consultado en la Unidad de Planificación Urbanística de la Gerencia Municipal de Urbanismo del Ayuntamiento, de lunes a viernes y desde las 9:00 a las 14:00 horas, durante el plazo de un mes, contando a partir del día siguiente al de publicación del presente anuncio.

Asimismo, se comunica que para la consulta presencial del expediente, así como en el cómputo de plazos, deberá tenerse en cuenta lo establecido en las disposiciones adicionales tercera y cuarta del Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, así como sus posibles prórrogas.

Pozuelo de Alarcón, a 27 de mayo de 2020.—El gerente municipal de Urbanismo, Raúl Herranz Muñoz.

(02/11.257/20)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20P: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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