Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 141

Fecha del Boletín 
12-06-2020

Sección 3.10.20C: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20200612-47

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE CHINCHÓN

RÉGIMEN ECONÓMICO

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Chinchón. Régimen económico. Modificación ordenanza fiscal reguladora

El Pleno del Ayuntamiento, en sesión ordinaria, celebrada el 28 de mayo de 2020, adoptó la aprobación provisional de modificación de ordenanzas que se detalla:

ORDENANZA REGULADORA DE MESAS Y VELADORES EN LA VÍA PÚBLICA

Con motivo de la crisis sanitaria producida por el virus COVID-19, y con efectos exclusivos para el ejercicio 2020, se establece lo siguiente:

1. Se suspende la aplicación de esta ordenanza, en cuanto al pago de la tasa, exclusivamente durante los meses que van de julio de 2020 a octubre de 2020 inclusive, quedando anulada esta suspensión a partir del 1 de noviembre de 2020.

2. Mediante resolución de Alcaldía, previo informe técnico favorable, se autorizará la ampliación de la zona de terraza previamente concedida en el año en curso, incluso invadiendo la zona de ruedo de la Plaza Mayor y su delimitación de piedra con la misma, si fuese el caso, durante el período de tiempo en el que cualquier normativa legal límite de alguna forma el número de mesas de terraza autorizadas durante el ejercicio 2020.

3. Se faculta al señor alcalde u órgano en quien delegue, para permitir el uso de las citadas zonas de ampliación comentadas en el punto 2 para su utilización de manera puntual como espacio de colocación de mesas y sillas de terraza cuando se celebre un evento permitido por el Ayuntamiento en ese lugar.

Y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 17.2 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, se somete el expediente a información pública por el plazo de treinta días a contar desde el día siguiente de la inserción de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, para que los interesados puedan examinar el expediente y presentar las reclamaciones que estimen oportunas.

Si, transcurrido dicho plazo, no se hubiesen presentado reclamaciones, se considerará aprobado definitivamente dicho acuerdo.

Chinchón, a 2 de junio de 2020.—El alcalde, Francisco Javier Martínez Mayor.

(03/11.736/20)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20C: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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