Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 139

Fecha del Boletín 
10-06-2020

Sección 4.100.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20200610-41

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN DE LEGANÉS NÚMERO 1

41
Leganés número 1. Procedimiento 254/2017

EDICTO

Doña Victoria de la Antigua Correas Castillo, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de primera instancia e instrucción número 1 de Leganés.

Da fe: Que en este Juzgado se siguen autos de procedimiento de juicio verbal (250.2), número 254/2017, instados por la procuradora, doña María Dolores Alcocer Antón, en nombre y representación de Santander Consumer, E. F. C., S. A., contra doña Jisenia Fernanda Paredes Montero, en los que se ha dictado, en fecha 15 de mayo de 2018, sentencia, cuyo fallo es el siguiente:

Fallo

Que estimando la demanda interpuesta por la procuradora de los Tribunales, doña María Dolores Alcocer Antón, en nombre y representación de Santander Consumer, E. F. C., S. A., contra doña Jisenia Fernanda Paredes Montero, debo adoptar y adopto los siguientes pronunciamientos:

1. Condenar a la demandada a pagar a la sociedad actora la cantidad de 4.589,20 euros, más un interés anual igual al interés legal del dinero, desde el día de interposición de la demanda (26 de mayo de 2017) hasta el día de hoy; y desde hoy hasta su completo pago, ese mismo interés, incrementado en dos puntos.

2. Condenar a la parte demandada al pago de las costas causadas en este proceso.

Esta sentencia no es firme, y contra ella cabe interponer recurso de apelación en el plazo de veinte días, a contar desde su notificación procesal, previa acreditación de la constitución de un depósito de 50 euros, en la cuenta de consignaciones de este Juzgado.

Así, por esta mi sentencia, de la que se expedirá testimonio para su unión a los autos, la pronuncio, mando y firmo.

En atención al desconocimiento del actual domicilio de la demandada, doña Jisenia Fernanda Paredes Montero, y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 497.2 de la LEC, se ha acordado notificar la citada resolución por edicto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

El texto completo de la resolución que se notifica está a disposición de la interesada en la Secretaría de este Juzgado.

En Leganés, a 10 de enero de 2019.—La letrada de la Administración de Justicia (firmado).

(02/11.394/20)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.100.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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