Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 121

Fecha del Boletín 
21-05-2020

Sección 3.10.20C: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20200521-19

Páginas: 2


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE COSLADA

ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

19
Coslada. Organización y funcionamiento. Delegación competencias

Por decreto de Alcaldía-Presidencia número 2020/1833, de 6 de mayo de 2020, se ha resuelto revocar las competencias delegadas a doña María Dolores Galache Vallejo, respecto al Área de Recursos Humanos y conferir la delegación de Hacienda, Recursos Humanos y Contratación a doña Macarena Orosa Hidalgo, con el siguiente contenido:

Antecedentes:

Primero.—Por decreto número 2019/3224, de 28 de junio, se confirió la delegación de Hacienda, Recursos Humanos y Contratación a doña Macarena Orosa Hidalgo, delegándole ciertas competencias en las materias correspondientes.

Segundo.— Por decreto número 2020/188, de 20 de enero, se revocaron dichas competencias a doña Macarena Orosa Hidalgo y se delegaron a doña María Dolores Galache Vallejo, únicamente respecto al área de Recursos Humanos.

Tercero.—Tras la terminación del periodo de ausencia temporal de doña Macarena Orosa Hidalgo, Concejala de Hacienda, Recursos Humanos y Contratación, se hace preciso recuperar la delegación de las mismas materias que le habían sido delegadas por decreto número 2019/3224, de 28 de junio.

Fundamentos:

De conformidad con el artículo 9.6 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, y con las competencias atribuidas a la Alcaldía en los artículos 21.3 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, el artículo 30.3 de la Ley 2/2003, de 11 de marzo, de la Comunidad de Madrid, y los artículos 43, 44 y 45 del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización y Funcionamiento de las Entidades Locales, he resuelto:

Primero.—Revocar las competencias delegadas por el decreto número 2020/188 de 20 de enero de 2020, a doña María Dolores Galache Vallejo, concejala de Innovación Pública, Transparencia y Servicios Generales en las materias relacionadas en su dispositivo Segundo.

La revocación tendrá efectos desde el día 11 de mayo de 2020.

Segundo.—Conferir la delegación de Hacienda, Recursos Humanos y Contratación a doña Macarena Orosa Hidalgo, de la que dependerán las siguientes subáreas:

a) Subáreas de Hacienda:

a. Hacienda.

b. Intervención.

c. Tesorería.

d. Ingresos.

b) Subáreas de Recursos Humanos:

a. Recursos Humanos.

b. Prevención de Riesgos Laborales.

c) Subárea de Contratación.

Y se le delegan las siguientes atribuciones en materia de:

Respecto al Área de Hacienda:

— Elaborar, formar y presentar los presupuestos anuales de la Corporación, incluyendo las modificaciones del mismo, en coordinación con Alcaldía Presidencia y su Dirección de Gabinete de Coordinación de las Áreas de Gobierno.

— Rendir las cuentas municipales.

— Supervisar la oportunidad de todo tipo de gastos propuestos por los concejales, en coordinación con Alcaldía Presidencia y su Dirección de Gabinete de Coordinación de las Áreas de Gobierno.

— Proponer, para su aprobación en el Pleno, las ordenanzas fiscales.

— Compensar deudas y aprobar fallidos.

— Conceder fraccionamientos y aplazamientos de ingresos tributarios.

— Aprobar las devoluciones de ingresos indebidos.

— Aprobar las liquidaciones de ingresos y las anulaciones del ejercicio corriente y cerrados.

— Declaración de responsabilidad tributaria.

— Autorizar la cancelación de fianzas.

— Autorizar y disponer los gastos relativos a la carga financiera de la entidad local.

— Autorizar, disponer y reconocer las obligaciones relativas a órdenes de pagos a justificar.

— Reconocer y liquidar las obligaciones derivadas de los compromisos de gastos, legalmente adquiridos.

— Ordenar los pagos y firmar los correspondientes talones bancarios y órdenes de transferencias.

— Dar el visto bueno a las certificaciones y escritos de contenido económico.

Respecto al Área de Recursos Humanos:

— Dirigir el Programa de Formación del Personal Municipal.

— Aprobar y resolver las convocatorias de selección y provisión de personal.

— Aprobación de nóminas.

— Nombramiento de los miembros de los tribunales de selección de personal y resolver los recursos de alzada interpuestos contra los actos administrativos dictados por estos tribunales.

— Nombrar al personal funcionario de carrera y contratar al personal laboral fijo, a propuesta del tribunal de selección.

— Nombrar y cesar al personal interino y temporal.

— Resolver las situaciones administrativas de funcionarios y laborales, incluyendo reingresos, excedencias, jubilaciones, tomas de posesión, concesión de permisos, licencias y vacaciones al personal.

— Conceder ayudas relativas al fondo social, dietas y todo tipo de indemnizaciones.

— Incoar expedientes disciplinarios e imponer sanciones, salvo que impliquen separación del servicio.

Respecto al Área de Contratación:

— Autorizar y disponer el gasto de todos los contratos menores de 0 a 5.000 euros, IVA excluido, suscritos por el Ayuntamiento.

Respecto a todas sus áreas de competencias:

— Dirigir y gestionar los servicios dependientes de todas sus áreas.

— Autorizar y disponer el gasto de los contratos menores de importe superior a 5.000 euros (IVA excluido) dentro del Área de sus competencias, de acuerdo a la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público.

— Imponer sanciones por falta de obediencia a la autoridad o por infracción de las ordenanzas municipales dentro de su ámbito competencial.

— Representar al Ayuntamiento en el ámbito de sus competencias, salvo los actos que correspondan al alcalde-presidente.

— Proponer el gasto dentro de los servicios delegados.

La delegación tendrá efectos desde el día 11 de mayo de 2020.

Tercero.—Las competencias se delegan sin perjuicio de la facultad natural de la Alcaldía-Presidencia de dirigir, coordinar e inspeccionar los servicios pudiendo crear para ello los órganos o instrumentos que considere convenientes.

Cuarto.—Las atribuciones delegadas las avocará automáticamente la Alcaldía-Presidencia en los casos de ausencia, vacante o enfermedad de los titulares de las Concejalías delegadas.

Quinto.—Notificar a los interesados, publicar en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y dar cuenta al pleno en la primera sesión que se celebre.”

Lo se hace público para general conocimiento.

Coslada, a 11 de mayo de 2020.—El alcalde-presidente, Ángel Viveros Gutiérrez.

(03/10.414/20)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

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