Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 119

Fecha del Boletín 
19-05-2020

Sección 1.3.113.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20200519-3

Páginas: 1


I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones

CONSEJERÍA DE CULTURA Y TURISMO

3
ORDEN 252/2020, de 28 de abril, de la Consejera de Cultura y Turismo, por la que se modifica el Anexo de la Orden 204/2020, de 16 de marzo, de la Consejera de Cultura y Turismo, por la que se aprueba la modificación de los estatutos de Consorcio “Alcalá de Henares, Patrimonio de la Humanidad”.

El 11 de abril de 2020 se publicó en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID la Orden 204/2020, de 16 de marzo, de la Consejera de Cultura y Turismo, por la que se aprueba la modificación de los estatutos de Consorcio “Alcalá de Henares, Patrimonio de la Humanidad”.

Tras la publicación de dicha Orden se ha constatado que el texto que se incluye como Anexo a la Orden no refleja correctamente el texto aprobado por el Consejo de Administración del Consorcio “Alcalá de Henares Patrimonio de la Humanidad” el 8 de mayo de 2019, en concreto el artículo 3, por lo que se procede, mediante la presente Orden, a la modificación de la Orden 204/2020, de 16 de marzo.

De conformidad con lo anteriormente expuesto, en el ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 41 de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid,

DISPONGO

Artículo único

Modificación de la Orden 204/2020, de 16 de marzo, de la Consejera de Cultura y Turismo, por la que se aprueba la modificación de los estatutos de Consorcio “Alcalá de Henares, Patrimonio de la Humanidad”

El artículo 3 del Anexo de la Orden 204/2020, de 16 de marzo, de la Consejera de Cultura y Turismo, por la que se aprueba la modificación de los estatutos de Consorcio “Alcalá de Henares, Patrimonio de la Humanidad”, queda redactado en los siguientes términos:

«Artículo 3

Sede

1. El Consorcio “Alcalá de Henares Patrimonio de la Humanidad” tendrá su sede principal en el edificio del Ayuntamiento de Alcalá de Henares, plaza de Cervantes, número 12.

2. Lo dispuesto anteriormente no impedirá que sus órganos colegiados de gobierno puedan reunirse, cuando así se acuerde expresamente, en lugar distinto a su domicilio».

DISPOSICIÓN FINAL ÚNICA

Producción de efectos

La presente Orden producirá efectos desde el día siguiente al de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Madrid, a 28 de abril de 2020.

La Consejera de Cultura y Turismo, MARTA RIVERA DE LA CRUZ

(03/10.107/20)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.3.113.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

Madrid Comunidad Digital
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20200519-3