Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 118

Fecha del Boletín 
18-05-2020

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20200518-66

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 42

66
Madrid número 42. Procedimiento 142/2018

EDICTO

Don José Ignacio Atienza López, letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de primera instancia número 42 de Madrid.

Da fe: Que en este Juzgado se siguen autos de procedimiento ordinario número 142/2018, instados por procurador don Raúl Sánchez Vicente, en nombre y representación de Mycsa y Mulder Co Importaciones y Exportaciones, S. L., contra Elevaciones Grúas y Transportes Cabe, S. L., doña Carolina Aguado Palop y doña Belén Aguado Palop, en los que se ha dictado, en fecha 21 de enero de 2020, sentencia cuyo fallo es la siguiente:

Fallo

Que estimando íntegramente la demanda interpuesta por el procurador don Raúl Sánchez Vicente, en nombre y representación de Mycsa y Mulder Co Importaciones y Exportaciones, S. L., frente a doña Carolina Aguado Palop, doña Belén Aguado Palop y Elevaciones Grúas y Transportes Cabe, S. L.:

I. Condeno a doña Carolina Aguado Palop, doña Belén Aguado Palop y la mercantil Elevaciones Grúas y Transportes Cabe, S. L., a abonar, solidariamente, a la demandante la cantidad de 1.108.299,41 euros.

II. Condeno a doña Carolina Aguado Palop, doña Belén Aguado Palop, y la mercantil Elevaciones Grúas y Transportes Cabe, S. L., al abono de los intereses devengados conforme a lo dispuesto en la estipulación cuarta del mismo.

III. Condeno a doña Carolina Aguado Palop, doña Belén Aguado Palop, y la mercantil Elevaciones Grúas y Transportes Cabe, S. L., al abono de las costas ocasionadas en el presente procedimiento.

Notifíquese la presente resolución a las partes haciéndoles saber que no es firme y que contra la misma cabe interponer recurso de apelación el cual deberá ser formulado en la forma que establece el artículo 458 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, en el plazo de veinte días en este Juzgado para ante la Audiencia Provincial de Madrid, previa constitución del depósito de 50 euros para recurrir en la cuenta de consignaciones y depósitos de este Juzgado (disposición adicional decimoquinta, L.O. 1/2009, de 3 de noviembre).

Así, por esta mi sentencia , de la que se deducirá testimonio para su unión a los autos, juzgando definitivamente en primera instancia, lo pronuncia, manda y firma.—El magistrado-juez del Juzgado de primera instancia número 42 de Madrid, Manuel García Sanz.

En atención al desconocimiento del actual domicilio de las demandados Elevaciones Grúas y Transportes Cabe, S. L., y doña Belén Aguado Palop, y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 497.2 de la LEC, se ha acordado notificar la citada resolución por edicto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID o del “Boletín Oficial del Estado”.

El texto completo de la resolución que se notifica está a disposición del interesado en la Secretaría de este Tribunal.

En Madrid, a 6 de febrero de 2020.—El letrado de la Administración de Justicia (firmado).

(02/5.010/20)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

Madrid Comunidad Digital
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20200518-66