Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 118

Fecha del Boletín 
18-05-2020

Sección 3.10.20V: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20200518-56

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE VILLANUEVA DE PERALES

RÉGIMEN ECONÓMICO

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Villanueva de Perales. Régimen económico. Calendario fiscal

Considerando la declaración del estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, mediante Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, así como lo contenido en el artículo 33 del Real Decreto-Ley 8/2020, de 17 de marzo, de medidas urgentes extraordinarias para hacer frente al impacto económico y social del COVID-19, en el que se establece la suspensión de los plazos en el ámbito tributario, y las sucesivas prórrogas del estado de alarma, se ha procedido a la firma del decreto de Alcaldía 2020/0157, de 30 de marzo, del tenor literal siguiente:

“Resolución de la Alcaldía

Vista la disposición adicional tercera del Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19.

Visto el artículo 33 del Real Decreto-Ley 8/2020, de 17 de marzo, de medidas urgentes extraordinarias para hacer frente al impacto económico y social del COVID-19, en el que se establece la suspensión de los plazos en el ámbito tributario.

Visto el Real Decreto 476/2020, de 27 de marzo, por el que se prorroga el estado de alarma declarado por el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, hasta las 00:00 horas del 12 de abril de 2020.

Visto el Real Decreto 487/2020, de 10 de abril, por el que se prorroga el estado de alarma declarado por el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, hasta las 00:00 horas del día 26 de abril de 2020.

Y en el ejercicio de las atribuciones que me confieren el artículo 21.1 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, de Bases del Régimen Local, y el 41 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, aprobado por Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por la presente resuelvo:

Primero.—Modificar el calendario fiscal para 2020 aprobado por decreto de Alcaldía 2020/21, de 17 de enero, ampliando el período de cobro del IVVTM 2020 de la siguiente forma:

— Período de cobro del impuesto sobre vehículos de tracción mecánica 2020: del 1 de abril al 1 de agosto de 2020.

Segundo.—Del presente decreto se dará traslado a los servicios de Recaudación municipal, Intervención y Tesorería para la debida constancia y efectos oportunos; se publicará en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y en el tablón de anuncios municipal, y se dará cuenta al Pleno en la primera sesión que celebre”.

En Villanueva de Perales, a 20 de abril de 2020.—El alcalde-presidente, José María Barrado Jiménez.

(02/9.866/20)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20V: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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