Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 109

Fecha del Boletín 
07-05-2020

Sección 4.100.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20200507-19

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN DE LEGANÉS NÚMERO 3

19
Leganés número 3. Procedimiento 449/2018

EDICTO

Doña María José Moraleja León, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de primera instancia número 3 de Leganés.

Da fe: Que en este Juzgado se siguen autos de procedimiento juicio verbal (250.2) número 449/2018, instados por procurador don Pelayo Alejandro del Valle Alonso, en nombre y representación de comunidad de propietarios de la calle Batalla de Torrijos, número 39, de Madrid, contra Agefsa Rehabilitación de Edificios, S. L., en reclamación de 1197,92 euros, en los que se ha dictado, en fecha 28 de enero de 2020, sentencia, cuyo fallo es la siguiente:

Sentencia número 8/2020

En Leganés, a 28 de enero del 2020.—Don Jorge Moreno González, magistrado-juez del Juzgado de primera instancia número 3 de Leganés, habiendo visto y examinado los presentes autos del juicio verbal número 449/2018, instado por calle Batalla de Torrijos, número 39, de Madrid, representada por el procurador señor del Valle Alonso, y asistida por el letrado señor Sevilla Sanz, contra Agefsa Rehabilitación de Edificios, S. L., en situación de rebeldía procesal.

Fallo

Estimando la demanda interpuesta por la entidad comunidad de propietarios de la calle Batalla de Torrijos, número 39, de Madrid, representada por el procurador señor del Valle Alonso, y asistida por el letrado señor Sevilla Sanz, contra Agefsa Rehabilitación de Edificios, S. L., debo condenar y condeno a Agefsa Rehabilitación de Edificios, S. L., a abonar a la actora la cantidad de 1.197,92 euros, imponiendo desde el día 22 de octubre del 2018 y hasta la fecha de la presente sentencia, los intereses legales del dinero, y desde la fecha de la presente resolución y hasta su completo pago o ejecución, los intereses procesales del artículo 576 de la LEC, imponiendo a la parte demandada las costas del presente procedimiento.

En atención al desconocimiento del actual demandado Agefsa Rehabilitación de Edificios, S. L., y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 497.2 de la LEC, se ha acordado notificar la citada resolución por edicto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

El texto completo de la resolución que se notifica está a disposición del interesado en la Secretaría de este Tribunal.

En Leganés, a 3 de febrero de 2020.—La letrada de la Administración de Justicia (firmado).

(02/8.993/20)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.100.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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