Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 106

Fecha del Boletín 
04-05-2020

Sección 3.10.20V: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20200504-25

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE VILLAVICIOSA DE ODÓN

RÉGIMEN ECONÓMICO

25
Villaviciosa de Odón. Régimen económico. Calendario fiscal

En el número 53 del BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID del día 3 de marzo de 2020, se publicó el anuncio de exposición al público del padrón fiscal del impuesto de vehículos de tracción mecánica del ejercicio de 2020, fijándose el período voluntario de pago desde el día 2 de marzo al 4 de mayo de 2020.

Por resolución número 897, del alcalde-presidente del Ayuntamiento de Villaviciosa de Odón, de 31 de marzo de 2020, se adoptaron distintas medidas en materia de recaudación de ingresos y propuestas de flexibilización fiscal para los contribuyentes del Ayuntamiento de Villaviciosa de Odón, como consecuencia del Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19.

Entre las medidas adoptadas se encuentra la ampliación del período voluntario de pago del impuesto de vehículos de tracción mecánica del ejercicio de 2020.

En consecuencia, los períodos de cobro serán los siguientes:

— Período voluntario: del día 2 de marzo al 30 de junio de 2020.

— Período ejecutivo: al finalizar el período anterior, con los recargos determinados en el artículo 28 de la Ley General Tributaria.

El pago del citado impuesto podrá realizarse en cualquier banco o caja de ahorros de la localidad, mediante la presentación del documento cobratorio que, en caso de no ser recibido en el correspondiente domicilio fiscal, podrá ser reclamado en las oficinas municipales, de lunes a viernes y de 8:30 a 14:00 horas.

Los interesados legítimos podrán examinar las referidas listas cobratorias en las oficinas municipales, así como interponer contra las mismas recurso de reposición, previo al contencioso-administrativo, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente de la publicación del presente anuncio.

Este recurso no detendrá la acción administrativa de la cobranza, a no ser que soliciten la suspensión del acto impugnado, previo depósito de fianza o aval bancario en la Tesorería Municipal por el importe de la liquidación recurrida.

Lo que se hace público para general conocimiento y efectos.

En Villaviciosa de Odón, a 24 de abril de 2020.—El alcalde-presidente, José Luis Pérez Viu.

(02/9.759/20)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20V: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

Madrid Comunidad Digital
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20200504-25