Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 105

Fecha del Boletín 
02-05-2020

Sección 1.3.112.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20200502-1

Páginas: 10


I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones

CONSEJERÍA DE CIENCIA, UNIVERSIDADES E INNOVACIÓN

1
ORDEN 32/2020, de 19 de abril, del Consejero de Ciencia, Universidades e Innovación, por la que se aprueba el Plan Estratégico para el año 2020 de las convocatorias de ayudas gestionadas por la Subdirección General de Investigación.

La aprobación por el Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid, el día 8 de noviembre de 2016 y, posterior ratificación por la Asamblea de Madrid el día 15 de febrero de 2017, del V Plan Regional de Investigación Científica e Innovación Tecnológica, 2016-2020 (en adelante V PRICIT), pretende dar respuesta a la concreción de las acciones de involucrar, dinamizar y comprometer a los distintos agentes para alcanzar los objetivos regionales referidos a la I+D+i hasta el año 2020, a través del conocimiento como el principal activo con el que las regiones cuentan para facilitar los procesos por los que se genera riqueza, empleo y bienestar social.

Una parte muy importante de este conocimiento proviene de las instituciones de investigación (universidades, organismos públicos de investigación, institutos de investigación, centros tecnológicos, fundaciones hospitalarias de investigación, etcétera) que generan el conocimiento científico-tecnológico que contribuye a mejorar la competitividad de la región mediante la transferencia de estos conocimientos al sector productivo y la creación de nuevas empresas, de forma que esta colaboración público-privada se convierta en un factor clave de la dinamización económica y de la generación de empleo.

El objetivo final del V PRICIT es posicionar a la región como referente a nivel europeo e internacional, atendiendo a la masa crítica que como centro económico y de conocimiento posee en términos internacionales. El principal pilar con el que cuenta la Comunidad de Madrid es su masa crítica, tanto de actores del sistema como del talento que genera y atrae, y la capacidad inherente para generar oportunidades en el marco de las demandas y de los retos económico-sociales que la sociedad presenta. Para alcanzar el objetivo planteado, es imprescindible asegurar un entorno favorable al conocimiento, tanto en lo relativo a su generación como a su aplicación y valorización en términos socioeconómicos.

El artículo 8.1 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, establece que los órganos de las Administraciones públicas o cualesquiera entes que propongan el establecimiento de subvenciones, con carácter previo, deberán concretar en un plan estratégico de subvenciones los objetivos y efectos que se pretenden con su aplicación, el plazo necesario para su consecución, los costes previsibles y sus fuentes de financiación, supeditándose en todo caso al cumplimiento de los objetivos de estabilidad presupuestaria.

Este precepto está igualmente recogido en el artículo 4 bis de la Ley 2/1995, de 8 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad de Madrid.

La sección primera del capítulo III del Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, aprobado por el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio establece los principios directores, ámbito de aplicación, contenido, competencia para su aprobación, seguimiento y efectos del incumplimiento de los planes estratégicos.

En concreto, su artículo 11.4 establece que los planes estratégicos contendrán previsiones para un período de vigencia de tres años, salvo que, por la especial naturaleza del sector afectado, sea conveniente establecer un plan estratégico de duración diferente.

En virtud de lo anterior, y dado que este Plan Estratégico está vinculado a los objetivos del V PRICIT, y este finaliza a finales del año 2020, la duración del mismo será únicamente de un año.

La Consejería de Ciencia, Universidades e Innovación, a través de la Dirección General de Investigación e Innovación Tecnológica tiene, entre sus competencias, tal y como establece el artículo 7 del Decreto 284/2019, de 5 de noviembre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Ciencia, Universidades e Innovación, la planificación, ejecución y evaluación de las políticas de la Comunidad de Madrid de fomento de la investigación científica y tecnológica, la coordinación con las universidades y centros de investigación radicados en la Comunidad de Madrid, el establecimiento de programas y actuaciones de investigación científica, y la incentivación las actuaciones conjuntas de los centros de investigación públicos y los sectores productivos.

En virtud de lo anterior

DISPONGO

Aprobar el Plan Estratégico para el año 2020 de las convocatorias de ayudas gestionadas por la Subdirección General de Investigación.

Madrid, a 19 de abril de 2020.

El Consejero de Ciencia, Universidades e Innovación, EDUARDO SICILIA CAVANILLAS

ANEXO

PLAN ESTRATÉGICO

1. Objetivos estratégicos

En este Plan Estratégico se contemplan programas y actuaciones de investigación científica que están enmarcados dentro del V Plan Regional de Investigación Científica e Innovación Tecnológica, 2016-2020 (en adelante V PRICIT) y cuya finalidad estratégica es contribuir a la implementación y el desarrollo de los propios objetivos estratégicos de dicho plan.

El V PRICIT define un núcleo estratégico con la visión y la misión del Plan a medio y largo plazo que se concreta en unos objetivos estratégicos a medio plazo que se ejecutan a través de un conjunto de programas de acción, cada uno de ellos, con una serie de actuaciones e iniciativas para poner en marcha sobre el terreno a corto plazo.

Para llevar a cabo la misión y visión del Plan, el V PRICIT se ha estructurado alrededor de tres ámbitos:

a) Mejorar las capacidades del sistema, centrada en tres aspectos: reforzar los organismos de investigación y su equipamiento científico; atracción y retención de talento tanto joven como senior; e impulso a los proyectos con proyección singular.

b) Impulsar las vías para un aprovechamiento más eficaz de la actividad generada en el sistema a través de la valorización realista de los resultados de la I+D+i, la protección de esos resultados y la creación de start-ups y spin-offs.

c) Mayor nivel de coordinación de los esfuerzos en I+D+i con fondos europeos, nacionales y regionales a través de la articulación del conjunto del sistema y su masa crítica.

El contenido de estos ámbitos se ha desarrollado a través de la definición de cinco objetivos estratégicos:

1. Generar, atraer y retener talento que contribuya a la excelencia del sistema de I+D+i de la Comunidad de Madrid.

2. Fortalecer y coordinar los organismos de investigación y equipamientos científicos del ecosistema innovador de la Comunidad de Madrid.

3. Apoyar proyectos de excelencia (disruptivos de alcance internacional) que promuevan procesos de cambio de acuerdo a los retos de la sociedad.

4. Vincular la ciencia y la investigación a la competitividad empresarial y al entorno socioeconómico.

5. Promover la cultura científica, fomentando la participación de la sociedad en el sistema de I+D+i de la Comunidad de Madrid.

Para el despliegue de acciones concretas en cada uno de los ejes de actuación, se han diseñado seis programas marco:

— Programa 1: aracción y retención de talento, centrado en la promoción del acceso a la carrera científica y de la formación de jóvenes investigadores, y en la captación de investigadores de alto prestigio y mejora de la estabilidad de los investigadores.

— Programa 2: fortalecimiento de los organismos de investigación y su equipamiento científico, focalizado en el refuerzo y consolidación de los organismos de investigación, el desarrollo y mejora de los equipamientos, su renovación, su gestión y mantenimiento y el acceso a los mismos de los investigadores, empresas y ciudadanía.

— Programa 3: impulso a los proyectos disruptivos de I+D+i de grupos y redes de investigación, centrado en el apoyo a proyectos tanto de grupos consolidados como emergentes, y a los proyectos colaborativos entre grupos con aplicación a empresas.

— Programa 4: mejora de la transferencia de resultados de la investigación al mercado y la sociedad, potenciando la relación investigador-empresa, la valorización de los resultados, el apoyo a la innovación empresarial/colaborativa, y la compra pública precomercial/innovadora.

— Programa 5: promoción de la cultura científica a la sociedad y la participación activa de la ciudadanía basada en la comunicación y divulgación de la ciencia y tecnología en los medios de comunicación y redes sociales, colegios, institutos, etcétera.

— Programa 6: mejora de la gobernanza del sistema, teniendo en cuenta la transparencia, la información, participación y la evaluación del sistema regional de I+D+i.

Las medidas contempladas en este Plan Estratégico prenden contribuir al desarrollo de los objetivos estratégicos del V PRICIT a través de convocatorias de ayudas para los programas 1, 2, 3 y 4.

El ámbito temporal de este Plan Estratégico es únicamente el año 2020, último año de vigencia del V PRICIT, ya que como establece el artículo 11.4 del Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, aprobado por el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por la especial naturaleza del sector afectado, se puede establecer una duración diferente al mínimo de tres años establecido en dicho artículo.

La Ley 5/1998, de 7 de mayo, de Fomento de la Investigación Científica y la Innovación Tecnológica, en su artículo 6 establece que, entre otras, corresponden a la Dirección General de Investigación e Innovación Tecnológica la redacción de los programas y convocatorias del Plan Regional.

Las convocatorias gestionadas por la Subdirección General de Investigación están presupuestariamente asignadas al con cargo a los subconceptos 78200 y 79003 del Programa 466A Investigación, entre cuyos objetivos están, según lo establecido en la Ley 9/2018, de 26 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid para el año 2019, prorrogados a 2020.

— Atracción y retención de talento investigador.

— Fortalecimiento de los organismos de investigación y su equipamiento científico.

— Impulso proyectos de I+D+I de grupos y redes de investigación.

— Mejora de la transferencia de los resultados de investigación al mercado y la sociedad.

Por lo tanto, los objetivos de este Plan Estratégico están vinculados con los objetivos establecidos en el programa presupuestario a través del cual se financian.

2. Líneas de subvención

a) Convocatorias de ayudas

Las ayudas previstas en este Plan Estratégico se otorgarán en régimen de concurrencia competitiva. El procedimiento de concesión se iniciará de oficio mediante la aprobación de las correspondientes convocatorias, que se ajustarán a lo previsto en las bases reguladoras vigentes.

Los objetivos, sectores a los que se dirigen las ayudas (beneficiarios), áreas de competencia afectadas, plazos de duración de las ayudas y efectos que se persiguen conseguir con las convocatorias de ayudas del Plan Estratégico son las que se indican a continuación para cada una de ellas.

Doctorados Industriales

Las ayudas para doctorados industriales persiguen financiar la formación de una cantera de talento que tenga en cuenta las necesidades que existen en las empresas. Los objetivos que se pretenden con estas ayudas son los siguientes:

— Promover la colaboración efectiva y la transferencia de conocimientos entre el mundo académico y el mundo empresarial mediante la firma de convenios que regulen el desarrollo de los doctorados industriales.

— Potenciar la captación de jóvenes investigadores para que desarrollen proyectos de investigación en las empresas que les contraten y que les permita la obtención de un doctorado industrial en sectores de interés estratégico regional.

— Posibilitar la incorporación profesional de estos jóvenes doctores a las empresas una vez que hayan acabado la ayuda y de esta manera abrirles nuevas salidas profesionales.

— Fortalecer las líneas de investigación y la competitividad de las empresas madrileñas para desarrollar proyectos industriales junto con las Universidades, Organismos Públicos de Investigación o las Fundaciones hospitalarias.

El proyecto designa como beneficiarios de dichas ayudas a las siguientes entidades:

1. Entorno académico:

— Universidades públicas o privadas con sede en la Comunidad de Madrid.

— Hospitales públicos de la red hospitalaria de Madrid, organismos y centros públicos de investigación con personalidad jurídica propia y fundaciones dedicadas a la investigación de la Comunidad de Madrid.

2. Entorno empresarial:

— Empresas públicas o privadas que deseen contratar investigadores predoctorales para la realización de un proyecto de investigación industrial que les sirva como trabajo tesis doctoral y sea de interés a las empresas.

El proyecto de investigación de doctorado industrial se desarrollará en la empresa, y, al mismo tiempo, en el seno de un grupo de investigación del entorno académico. El doctorando será contratado por la empresa y debe llevar a cabo su formación investigadora que debe dar lugar a una tesis doctoral.

El director o codirectores de la tesis doctoral deberán tener una situación laboral en la institución de al menos la duración del proyecto de doctorado industrial y deberán poseer el grado de doctor.

La duración de los doctorados industriales será de tres años. El contrato comenzará a computarse desde el momento en que el contratado se incorpore a la empresa.

Las ayudas que se concedan a las empresas se acogen a la normativa de minimis regulada en el Reglamento (UE) número 1407/2013 de la Comisión, de 18 de diciembre de 2013, relativo a la aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea a las ayudas de minimis (“Diario Oficial de la Unión Europea” de 24 de diciembre de 2013). De acuerdo con el mismo, se establece un límite máximo de 200.000 euros para todas las ayudas de minimis que perciba cada beneficiario, cualquiera que sea la Administración que las conceda, en un período de tres ejercicios fiscales.

Ayudantes de Investigación y Técnicos de Laboratorio

El objetivo estratégico de esta convocatoria es la creación de empleo y dotar a los equipos de investigación de personal ayudante y auxiliar para realizar aquellas tareas imprescindibles en los laboratorios que no requieran de la competencia de los investigadores para llevarlas a cabo. Los objetivos que se pretenden con estas ayudas son los siguientes:

— Que las personas jóvenes no ocupadas, ni integradas en los sistemas de educación o formación, puedan recibir una oferta de empleo tras acabar la educación formal o quedar desempleadas.

— Fortalecer los equipos de investigación con la contratación de ayudantes de investigación y técnicos de laboratorio que colaboren en las áreas de interés estratégico para la Comunidad de Madrid.

— Promover la sinergia con el resto de las acciones que hayan recibido financiación de la Dirección General de Investigación e Innovación y por lo tanto aumentar la competitividad de los grupos de investigación.

Estas ayudas están cofinanciadas por Fondo Social Europeo a través del Programa Operativo de Empleo Juvenil y la Iniciativa de Empleo Juvenil (YEI) y es necesario que los beneficiarios estén inscritos en el Fichero del Sistema Nacional de Garantía Juvenil, regulado por la Ley 18/2014, de 15 de octubre, de Aprobación de Medidas Urgentes para el Crecimiento, la Competitividad y la Eficiencia.

Los beneficiarios de estas ayudas serán las universidades, hospitales públicos de la red hospitalaria de Madrid, organismos públicos de investigación y fundaciones dedicadas a la investigación de la Comunidad de Madrid, que deseen contratar ayudantes de investigación y técnicos de laboratorio que apoyen y fortalezcan a los grupos de investigación en los que se incorporen.

Los contratados desarrollarán sus funciones como personal de apoyo a la investigación en los organismos beneficiarios de las ayudas y contarán con la supervisión de un tutor propuesto por cada organismo de investigación. El tutor deberá estar integrado en el departamento o unidad donde se destine al contratado, con una situación laboral permanente en la institución y deberá ser un investigador con grado de doctor.

La duración de las ayudas a los contratos será de dos años. El contrato comenzará a computarse desde el momento en que el contratado se incorpore al organismo.

Atracción de Talento Investigador

Estas ayudas se convocan en dos modalidades:

— Modalidad 1: ayudas para la contratación de investigadores con experiencia. Los objetivos de estas ayudas son promover la incorporación de investigadores españoles y extranjeros, con una trayectoria destacada, en las entidades beneficiarias mediante la concesión de ayudas de una duración de cinco años para su contratación laboral a tiempo completo, así como una financiación adicional con objeto de que el investigador incorporado pueda realizar la contratación de personal colaborador, comprar el equipamiento necesario, así como realizar los gastos de funcionamiento para desarrollar su proyecto de investigación.

— Modalidad 2: contratación de jóvenes doctores. Estas ayudas tienen como objetivo fomentar la contratación laboral de jóvenes doctores por un período de cuatro años con objeto de que completen su formación investigadora postdoctoral. Pueden recibir una financiación adicional de para gastos de movilidad y formación.

La convocatoria de atracción de Talento investigador se realizará únicamente en el año 2020 como tramitación anticipada, con resolución e inicio de las ayudas en el año 2021.

Los beneficiarios deberán ser universidades, públicas o privadas, organismos y centros públicos de investigación con personalidad jurídica propia, Fundaciones de los Institutos Madrileños de Estudios Avanzados (IMDEAs), así como entidades e instituciones sanitarias públicas y privadas vinculadas o concertadas con el Sistema Nacional de Salud que desarrollen actividad investigadora. Todas estas entidades beneficiarias deben estar situadas en la Comunidad de Madrid. En el caso de las universidades, deberán además estar inscritas en el Registro de Universidades, Centros y Títulos, creado por Real Decreto 1509/2008, de 12 de septiembre.

Convocatoria extraordinaria de atracción de Talento Investigador para la financiación de un 5.o año

Hasta el año 2020 las convocatorias de atracción de Talento en su modalidad 1 tenían una duración de cuatro años. Con esta convocatoria se pretende conceder un año adicional a los beneficiarios de cara al perfeccionamiento de su carrera investigadora para su inclusión en los programas de excelencia nacionales a los que se hace referencia en el procedimiento de certificaciones I3 y a su inclusión en la tasa de reposición de las universidades en el acceso a cuerpos docentes universitarios (Cuerpos de Catedráticos de Universidad, Profesores Titulares de Universidad y Profesores Contratados Doctores), asimilándose así a los beneficiarios de la convocatoria “Ramón y Cajal”.

Se dotará a cada investigador de una financiación adicional para tareas que faciliten la obtención de la certificación I3. Se financiarán estos contratos para los investigadores que procedan de las convocatorias de atracción de Talento en su modalidad 1 de los años 2016 y 2017.

Los beneficiarios deberán ser universidades, públicas o privadas, organismos y centros públicos de investigación con personalidad jurídica propia, Fundaciones de los Institutos Madrileños de Estudios Avanzados (IMDEAs), así como entidades e instituciones sanitarias públicas y privadas vinculadas o concertadas con el Sistema Nacional de Salud que desarrollen actividad investigadora. Todas estas entidades beneficiarias deben estar situadas en la Comunidad de Madrid. En el caso de las universidades, deberán además estar inscritas en el Registro de Universidades, Centros y Títulos, creado por Real Decreto 1509/2008, de 12 de septiembre.

Proyectos sinérgicos de I+D en nuevas y emergentes áreas científicas en la frontera de la ciencia y de naturaleza interdisciplinar

Las ayudas para la realización de proyectos sinérgicos de I+D buscan impulsar proyectos disruptivos, en la frontera del conocimiento, destinados a atender las necesidades territoriales de la Comunidad de Madrid desde una óptica principalmente internacional y priorizando espacios de colaboración entre equipos de investigación.

Los proyectos se realizarán entre dos grupos de investigación interdisciplinares de la Comunidad de Madrid con habilidades complementarias, conocimiento y recursos para abordar y resolver conjuntamente retos y problemas científicos ambiciosos, atraer y retener talento investigador en la región, impulsar la participación activa de investigadores madrileños en redes y consorcios internacionales de primer nivel y fortalecer la adquisición y mejora de los equipamientos e infraestructuras científicas de la Comunidad de Madrid, todo ello con la finalidad de mejorar la calidad de vida de los ciudadanos, aumentar la competitividad y la capacidad de investigación de las universidades y centros de investigación regionales así como contribuir a impulsar el crecimiento y la innovación de las empresas e industrias ubicadas en la región. Los proyectos deberán tener una duración de tres años.

La convocatoria de proyectos sinérgicos se realizará únicamente en el año 2020 como tramitación anticipada, con resolución e inicio de los proyectos en el año 2021.

Cada proyecto deberá de estar constituido por, dos grupos de investigación del mismo o diferente organismo. Podrán ser beneficiarios de la ayuda, los organismos a los que pertenezcan los grupos de investigación que integren el proyecto de I+D siendo el beneficiario principal el organismo que actúe como coordinador y gestor del proyecto.

Podrán formar parte de dichos proyectos en calidad de beneficiarios las universidades de Madrid, los organismos y centros públicos de investigación con personalidad jurídica propia, las fundaciones dedicadas a la investigación radicados en la Comunidad de Madrid y los hospitales públicos de la red hospitalaria de Madrid, a través de sus grupos de investigación.

Uno de los dos grupos de investigación ejercerá la función de coordinador y su investigador principal ejercerá la función de responsable frente a la Comunidad de Madrid del programa científico y de la gestión administrativa, en colaboración con el gestor del programa, el comité de gestión, el organismo coordinador y el resto de organismos beneficiarios. El investigador principal coordinador pertenecerá al organismo beneficiario principal y coordinador del programa.

b) Costes previsibles y fuentes de financiación

Los costes previsibles para el año 2020 derivados de las convocatorias publicadas en este año son 12.455.000,00 euros, con un compromiso plurianual adicional hasta el año 2025 de 45.180.000,00 euros distribuidos de la siguiente manera:

Todas las convocatorias reflejadas en este Plan Estratégico se financiarán con cargo a los presupuestos de la Comunidad de Madrid a través de los créditos presupuestarios del Programa 466 A (subconceptos 78200 y 79003). Asimismo, las convocatorias de la modalidad Ayudantes de investigación y Técnicos de laboratorio se cofinanciarán en un 91,89 por 100 por el Fondo Social Europeo a través del Programa Operativo de Empleo Juvenil y la Iniciativa de Empleo Juvenil (YEI).

c) Plan de acción

Las bases reguladoras de las convocatorias que forman parte de este Plan Estratégico están ya publicadas.

3. Régimen de seguimiento y evaluación continua de las líneas de subvención

a) Seguimiento científico-técnico de las convocatorias

Todas las convocatorias se someten a una evaluación científico-técnica de los resultados obtenidos con la actividad financiada:

Doctorados Industriales

Las entidades beneficiarias deberán elaborar un informe de seguimiento científico-técnico, a los 18 meses del inicio de la ayuda, y de un informe final a los 30 días de cumplirse los tres años de la ayuda. Los informes de seguimiento científico-técnico serán evaluados por expertos. El resultado de la evaluación del seguimiento a los 18 meses será determinante para mantener la continuidad de la ayuda.

Ayudantes de investigación y Técnicos de Laboratorio

Un mes antes de finalizar el primer año de contrato, el tutor responsable de contratado deberá remitir un resumen explicativo de la labor desarrollada por el contratado, así como las tareas a realizar durante el siguiente año. Se podrá recabar el asesoramiento de expertos para realizar la evaluación de este informe.

Atracción de Talento Investigador

Los investigadores contratados al amparo de estas ayudas deberán elaborar dos informes de seguimiento científico-técnico, incluyendo los resultados de las actividades de I+D llevadas a cabo durante el período analizado, uno referente a los primeros dieciocho meses de contrato y otro relativo a los cuarenta y ocho meses de contrato. Se podrá establecer la necesidad de presentación de informes de seguimiento adicionales.

Se podrá designar los órganos, comisiones o expertos que se estime necesarios para poder realizar la evaluación de los informes de seguimiento científico-técnico, y el resultado de la evaluación de los primeros dieciocho meses, favorable o desfavorable, será determinante para mantener la continuidad en la financiación de los contratos y de las ayudas adicionales durante los dos últimos años en modalidad 2 y tres en modalidad 1. En los diferentes procesos de evaluación del seguimiento, se podrá determinar la necesidad de la realización de entrevistas a todos o algunos de los candidatos quedando incluida la valoración de las mismas en el resultado del seguimiento.

Proyectos sinérgicos de I+D en nuevas y emergentes áreas científicas en la frontera de la ciencia y de naturaleza interdisciplinar

Para seguimiento científico-técnico de las acciones subvencionadas se podrá designar los órganos, comisiones o expertos, que estime necesarios para realizar las oportunas actuaciones de comprobación e inspección de la aplicación de la ayuda.

La realización del seguimiento científico-técnico se llevará a cabo sobre las actividades de I+D desarrolladas en el proyecto sinérgico de I+D, a los dieciocho meses y a su finalización, y para ello el organismo coordinador presentará un informe de los resultados obtenidos: resultados científicos y tecnológicos, resultados sobre el capital humano y la formación, movilización de fondos, gestión y coordinación, difusión y divulgación y otros.

El pago de la tercera anualidad quedará condicionado a los resultados obtenidos en la evaluación del informe de seguimiento científico-técnico presentado a los dieciocho meses.

b) Cumplimiento de los objetivos estratégicos. Indicadores

Como ya se ha indicado, en este Plan Estratégico se contemplan programas y actuaciones de investigación científica que están enmarcados dentro del V Plan Regional de Investigación Científica e Innovación Tecnológica, 2016- 2020 (en adelante V PRICIT) y cuya finalidad estratégica es contribuir a la implementación y el desarrollo sus objetivos estratégicos, por lo tanto los indicadores propuestos para cada una de las líneas de actuación de este Plan Estratégico está alineados con los indicadores propuestos para el seguimiento del VPRICIT.

Doctorados Industriales

Los indicadores más relevantes y la previsión de ejecución de los mismos para la convocatoria 2020 a la finalización de la ejecución de las ayudas son:

Atracción de Talento investigador

Los indicadores más relevantes y la previsión de ejecución de los mismos para la convocatoria 2020 a la finalización de la ejecución de las ayudas son:

Ayudantes de Investigación y Técnicos de Laboratorio

Los indicadores más relevantes y la previsión de ejecución de los mismos para la convocatoria 2020 a la finalización de la ejecución de las ayudas son:

Convocatoria extraordinaria de atracción de Talento investigador para la financiación de un 5.o año

Los indicadores más relevantes y la previsión de ejecución de los mismos para la convocatoria 2020 a la finalización de la ejecución de las ayudas son:

Proyectos sinérgicos de I+D en nuevas y emergentes áreas científicas en la frontera de la ciencia y de naturaleza interdisciplinar

Los indicadores más relevantes y la previsión de ejecución de los mismos para la convocatoria 2020 a la finalización de la ejecución de las ayudas son:

(03/9.677/20)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

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