Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 103

Fecha del Boletín 
30-04-2020

Sección 1.3.220.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20200430-5

Páginas: 2


I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones

UNIVERSIDAD REY JUAN CARLOS

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RESOLUCIÓN de 17 de abril de 2020, del Rector Magnífico de la Universidad Rey Juan Carlos, por la que se hace pública la convocatoria de ayudas a las asociaciones de estudiantes de la Universidad Rey Juan Carlos para el año 2020.

BDNS: 503.736

Extracto de la Resolución del Rector de la Universidad Rey Juan Carlos por la que se Hace pública la convocatoria de ayudas a las Asociaciones de estudiantes de la Universidad Rey Juan Carlos para el año 2020.

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index).

Primero

Beneficiarios

Se convocan ayudas para sufragar los gastos ocasionados por las actividades que las asociaciones de estudiantes de la Universidad Rey Juan Carlos realicen en la consecución de sus fines.

Podrán solicitar estas ayudas todas las asociaciones que figuren en el Registro de Asociaciones de la Universidad Rey Juan Carlos y aquellas que hayan solicitado la inclusión en el registro de asociaciones de la Universidad Rey Juan Carlos con anterioridad a la publicación de la presente convocatoria, siempre que cumplan todos los requisitos exigidos para ello.

Segundo

Objeto

El objeto de las ayudas es promover y fomentar el asociacionismo entre los estudiantes.

Tercero

Bases reguladoras

La información relativa a la convocatoria puede encontrarse en la página web de la universidad (https://sede.urjc.es/tablon-de-anuncios).

Cuarto

Cuantía

El importe total presupuestado para financiar los gastos derivados de esta convocatoria es de 30.000 euros.

Quinto

Plazo y presentación de solicitudes

El plazo de presentación de solicitudes es de diez días hábiles desde la publicación del extracto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Las solicitudes deberán dirigirse al Vicerrectorado de Extensión Universitaria de la Universidad Rey Juan Carlos, Edificio del Rectorado, quinta planta (despacho 505), calle Tulipán, sin número, 28933 Móstoles. Dichas solicitudes podrán ser presentadas en cualquiera de los Registros de la Universidad Rey Juan Carlos, además de cualesquiera de los diferentes medios que señala el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Sexto

Otros datos

Las asociaciones interesadas deberán entregar la siguiente documentación para concurrir a la convocatoria de las ayudas:

— Impreso de solicitud (Anexo 1). Memoria de las actividades a realizar en el año 2020 para las que se solicita la ayuda. Esta memoria debe incluir:

• Título de la actividad/es a realizar.

• Tipo de actividad.

• Colaboradores o patrocinadores externos (si hubiera o se prevé que haya).

• Director/responsable de la actividad/es.

• Nombre del profesor/es (si hubiera) que avalan la actividad/es. Para el caso de solicitar reconocimiento de créditos, esto será obligatorio.

• Programa provisional de la actividad.

• Listado de posibles participantes, campus y número de asistentes.

• Fecha de realización prevista.

• Presupuesto de gastos: el presupuesto de gasto debe estar convenientemente desglosado por conceptos y por cada una de las actividades a realizar.

• CIF y datos bancarios de la asociación y justificante de titularidad de la cuenta.

• Declaración responsable de hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.

Séptimo

Adjudicaciones y criterios de selección

El Vicerrectorado de Extensión Universitaria examinará la documentación recibida, haciendo público un listado provisional de las solicitudes admitidas a trámite y las excluidas, junto con las causas de su exclusión, concediéndose un plazo de diez días hábiles para su subsanación a través de cualquiera de los Registros de la Universidad Rey Juan Carlos, además de cualesquiera de los diferentes medios que señala el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Tras este período se procederá a publicar un listado definitivo de las solicitudes admitidas a trámite.

Los criterios de valoración serán los que figuran en la base cuarta de la presente convocatoria.

Octavo

Resolución y recursos

El Rector de la Universidad Rey Juan Carlos emitirá Resolución de adjudicación.

Contra la presente Resolución, que agota la vía administrativa, podrá interponerse, recurso potestativo de reposición ante el Rector Magnífico en el plazo de un mes a contar desde la fecha de publicación o alternativamente, recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo, en el plazo de dos meses a contar desde la fecha de la publicación, sin perjuicio de que pueda interponer cualquier otro que estime oportuno, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 123 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (“Boletín Oficial del Estado” de 2 de octubre de 2015), y el artículo 46.1 de la Ley de 13 de julio de 1998, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa (“Boletín Oficial del Estado” de 14 de julio de 1998).

En el caso de interponer el recurso potestativo de reposición no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación presunta.

Móstoles, a 17 de abril de 2020.—El Rector de la Universidad Rey Juan Carlos, Javier Ramos López.

(03/9.721/20)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.3.220.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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