Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 101

Fecha del Boletín 
28-04-2020

Sección 1.3.105.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20200428-3

Páginas: 2


I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones

CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, EMPLEO Y COMPETITIVIDAD

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RESOLUCIÓN de 21 de abril de 2020, de la Dirección General de Economía y Competitividad, por la que se acuerda la continuación del procedimiento de concesión directa de ayudas para el apoyo a la puesta en marcha por las pymes industriales madrileñas de proyectos de Industria 4.0, cofinanciables con el Fondo Europeo de Desarrollo Regional dentro del Programa Operativo de la Comunidad de Madrid para el período 2014-2020.

Por Acuerdo de 30 de diciembre de 2016, del Consejo de Gobierno, se estableció el procedimiento de concesión directa de ayudas para el apoyo a la puesta en marcha por las pymes industriales madrileñas de proyectos de Industria 4.0, cofinanciables por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional dentro del Programa Operativo de la Comunidad de Madrid para el período 2014-2020.

Dicho Acuerdo establece en su apartado décimo que aquellas solicitudes que cumplan con los requisitos establecidos serán resueltas favorablemente hasta el agotamiento de los fondos que se declaren disponibles por Orden de la Consejería competente por razón de la materia, tramitándose y resolviéndose por su orden de presentación.

Posteriormente por Acuerdo de 10 de diciembre de 2019, del Consejo de Gobierno, se modificó el referido Acuerdo de 30 de diciembre de 2016, sin afectar a lo señalado en el párrafo anterior.

Con fecha 14 de marzo, se publicó en el “Boletín Oficial del Estado”, el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, en cuya disposición adicional tercera, apartado 4, se preveía la suspensión de todos los plazos administrativos, con la sola excepción de aquellos procedimientos y resoluciones referidos a situaciones estrechamente vinculadas a los hechos justificativos del estado de alarma.

Con fecha 18 de marzo de 2020 se ha publicado en el “Boletín Oficial del Estado”, el Real Decreto 465/2020, de 17 de marzo, por el que se modifica el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, cuyo artículo único, modifica el apartado 4 de la Disposición adicional tercera y habilita a la Administración para acordar motivadamente la continuación de aquellos procedimientos administrativos que vengan referidos no solo a situaciones estrechamente vinculadas a los hechos justificativos del estado de alarma sino también a situaciones que sean indispensables para la protección del interés general o para el funcionamiento básico de los servicios.

Ninguna duda ofrece que la situación que afronta nuestro país por la declaración de emergencia de salud pública de importancia internacional, unida a la declaración de estado de alarma, generan la concurrencia de motivos que justifican la extraordinaria y urgente necesidad de adoptar diversas medidas para permitir una respuesta adecuada a la situación excepcional que vivimos.

Estas medidas persiguen mantener un mínimo de actividad económica en los sectores más afectados. Es decir, evitar que la ralentización económica derivada de una situación coyuntural como la actual tenga un impacto de carácter estructural que lastre la recuperación económica y social una vez superada esta situación excepcional.

Todo ello explica la extraordinaria y urgente necesidad de continuar con el procedimiento de las ayudas de apoyo a la puesta en marcha por las pymes industriales madrileñas de proyectos de Industria 4.0, cofinanciadas por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional.

En virtud de lo expuesto, esta Dirección General de Economía y Competitividad

RESUELVE

Primero

Continuar, por razones de interés general, el procedimiento de concesión directa de ayudas para el apoyo a la puesta en marcha por las pymes industriales madrileñas de proyectos de Industria 4.0, cofinanciables por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional dentro del Programa Operativo de la Comunidad de Madrid para el período 2014-2020.

Esta Resolución no afectará al régimen de recursos que puedan interponerse frente a la resolución o actos de trámite cualificados que se dicten.

Segundo

La presente Resolución producirá efectos desde su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Contra la presente Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante el Viceconsejero de Economía y Competitividad de la Comunidad de Madrid en el plazo de un mes, a partir del día siguiente a aquel en que tenga lugar su publicación, de conformidad con los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Madrid, a 21 de abril de 2020.—El Director General de Economía y Competitividad, Rodrigo Tilve Seoane.

(03/9.782/20)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.3.105.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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