Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 98

Fecha del Boletín 
24-04-2020

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20200424-98

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 32

98
Madrid número 32. Procedimiento 191/2019

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Laura Fojón Chamorro, letrada de la Admón. de Justicia del Juzgado de lo Social nº 32 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento 191/2019 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de D./Dña. JOSÉ LUIS POLO DÍAZ frente a EPR INSTALACIONES E INGENIERÍA SL sobre Procedimiento Ordinario, se ha dictado la siguiente resolución :

AUTOS Nº 191/2019

En Madrid, a veintiocho de noviembre de dos mil diecinueve.—D/ña. Mª Luisa Gil Meana, Magistrado-Juez del Juzgado de lo Social nº 32 del Juzgado y localidad o provincia Madrid tras haber visto los presentes autos sobre CANTIDAD entre partes, de una y como demandante D./Dña. JOSÉ LUIS POLO DÍAZ, que comparece representado por la letrada Doña María José Martin Santos, con número profesional 071964 y otra como demandado EPR INSTALACIONES E INGENIERÍA SL.

En nombre del Rey, ha dictado la siguiente

SENTENCIA Nº 380/2019

FALLO

Que con estimación de la demanda presentada por D./Dña. JOSÉ LUIS POLO DÍAZ contra EPR INSTALACIONES E INGENIERÍA SL debo condenar y condeno a la empresa demandada a abonar al actor por los conceptos de la demanda 2.743,98 euros.

Se advierte a las partes que contra esta Sentencia no puede interponerse Recurso de Suplicación.

De conformidad con lo dispuesto en la Ley 10/2012, de 20 de noviembre, por la que se regulan determinadas tasas en el ámbito de la Administración de Justicia y del Instituto Nacional de Toxicología y Ciencias Forenses, el recurrente deberá aportar, el justificante del pago de la tasa con arreglo al modelo oficial, debidamente validado, conforme a los criterios establecidos en la citada norma en sus art. 7.1 y 2, y en su caso, cuando tenga la condición de trabajadores, o con la limitación establecida en el art. 1. 3 del mismo texto legal.

Así por esta mi sentencia, definitivamente juzgando, lo pronuncio, mando y firmo.

Y para que sirva de notificación en legal forma a EPR INSTALACIONES E INGENIERÍA SL, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

En Madrid, a cuatro de marzo de dos mil veinte.

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

(03/8.086/20)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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