Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 95

Fecha del Boletín 
21-04-2020

Sección 3.10.10: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20200421-6

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE MADRID

ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

Área de Gobierno de Medio Ambiente y Movilidad

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Madrid. Organización y funcionamiento. Área de Gobierno de Medio Ambiente y Movilidad. Medidas régimen funcionamiento BiciMAD

Decreto número 140 de 17 de abril de 2020, del delegado del Área de Gobierno de Medio Ambiente y Movilidad, por el que se dispone la vuelta a la operación del servicio de bicicleta pública “BiciMAD”.

Mediante Decreto 119, de 15 de marzo de 2020, de Delegado del Área de Gobierno de Medio Ambiente y Movilidad, se acordó la suspensión del régimen general de funcionamiento del servicio de bicicleta pública “BiciMAD” desde las 00:00 horas del lunes 16 de marzo de 2020, con motivo del coronavirus SARS-CoV-2.

La progresiva recuperación de la actividad en la ciudad de Madrid ha de ir acompañada de cuantas medidas hagan compatible las necesidades de movilidad de la ciudadanía madrileña y su seguridad frente a la pandemia. En este sentido, en la situación actual de movilidad en la ciudad de Madrid, la bicicleta puede ejercer un papel fundamental, ya que es un medio de transporte seguro, si se adoptan las medidas adecuadas para la seguridad en su utilización desde el punto de vista epidemiológico, y sostenible.

En su virtud, y en uso de las competencias atribuidas en el Acuerdo de 4 de julio de 2019 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid de organización y competencias del Área de Gobierno de Medio Ambiente y Movilidad,

DISPONGO

Primero.—Levantar, desde las 06:00 horas del miércoles 22 de abril de 2020, la suspensión del régimen general de funcionamiento del servicio de bicicleta pública “BiciMAD” acordada mediante Decreto 119, de 15 de marzo de 2020, del Delegado del Área de Gobierno de Medio Ambiente y Movilidad,por el que se aprueban nuevas medidas extraordinarias en relación con el Servicio de Estacionamiento Regulado y el servicio de bicicleta pública “BiciMAD” con motivo del coronavirus SARS-CoV-2, y prorrogada sucesivamente.

Segundo.—La vuelta a la operación del servicio “BiciMAD” se llevará a cabo en las siguientes condiciones:

1.o El día 22 de abril entrará en funcionamiento el 50 por 100 de las bicicletas y el 100 por 100 de las estaciones del servicio, llevándose a cabo posteriormente la progresiva ampliación de la flota presente en el servicio en función de las condiciones operativas del mismo.

2.o Todas las noches se llevará a cabo la desinfección de las bases, de los dispositivos de interacción con los tótems y de las bicicletas.

3.o Será obligatorio el uso de guantes por parte de todos los usuarios del servicio y el seguimiento de las normas de higiene y distancia social recomendadas por las autoridades sanitarias.

Tercero.—El presente Decreto se aplicará desde el día 22 de abril de 2020, quedando sin efecto desde esa fecha la suspensión del régimen general de funcionamiento del servicio de bicicleta pública “BiciMAD” recogida en el Decreto número 119, de 15 de marzo, del delegado del Área de Gobierno de Medio Ambiente y Movilidad, y en sus sucesivas prórrogas.

Cuarto.—Publicar el presente Decreto en el “Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid” y en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, así como en el sitio web municipal www.madrid.es.

Quinto.—Dar traslado del presente Decreto a la empresa concesionaria del lote 5 del Contrato Integral de Movilidad para que adopte las medidas necesarias para su cumplimiento.

Madrid, a 17 de abril de 2020.—El delegado del Área de Gobierno de Medio Ambiente y Movilidad, Borja Carabante Muntada.

(03/9.636/20)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

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