Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 85

Fecha del Boletín 
08-04-2020

Sección 4.50.1.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20200408-74

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MADRID

74
Madrid. Sala Contencioso-Administrativo. Sección Octava. Procedimiento 311/2020

SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO

Sección Octava

“Para conocimiento de las personas a cuyo favor pudieran derivarse derechos del acto administrativo impugnado y de quienes tuvieran interés directo en el mantenimiento del mismo, se hace saber que por D./Dña. SONSOLES CORONADO ESCUDERO, D./Dña. MIGUEL LORENTE ROMEO, D./Dña. GUILLERMO CASTAÑO OCHOA, D./Dña. DOMINGO SANCHEZ RUIZ, D./Dña. JAIME MANZANEQUE GALINDO, D./Dña. JOES ANTONIO GARCIA BENITEZ, D./Dña. FELICIDAD RECIO DIEZ, D./Dña. MARIA CRISTINA ESCALERA ALONSO, D./Dña. MARIA ISABEL HERNANDEZ ORTEGO, D./Dña. JESUS IGNACIO MODINO PELAEZ, D./Dña. MARIA ASCENSION SAIZ RUIZ, D./Dña. MARIA DEL CARMEN LOMAS NIELFA, D./Dña. JUAN MIGUEL CAMARASALTAS MORENO, D./Dña. ALBA MARIA TOLEDANO EGIDO, D./Dña. IGNACIO LUIS ESCORZA ARGOMANIZ, D./Dña. JUAN ANTONIO PAJUELO AYUSO, D./Dña. JAVIER OBREGON PEREZ, D./Dña. SUSANA VAZQUEZ ARAUJO, D./Dña. SERGIO GARCIA CAMBRERO y D./Dña. MARIA DEL CARMEN ESPINOSA RAMIREZ, con fecha 28-02-2020, se ha formulado recurso contencioso-administrativo contra DECRETO 318/2019 del CONSEJO DE GOBIERNO de la COMUNIDAD DE MADRID de 27 de Diciembre , por el que se aprueba la Oferta de Empleo Público del personal de instituciones sanitarias de la Comunidad de Madrid para el año 2019, recurso al que ha correspondido el número Procedimiento Ordinario 311/2020.

Lo que se anuncia para emplazamiento de los que puedan comparecer como demandados en indicado recurso, en el plazo de nueve días”.

En Madrid, a 03 de marzo de 2020.

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

(03/7.708/20)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.50.1.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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