Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 83

Fecha del Boletín 
06-04-2020

Sección 3.10.20N: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20200406-19

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE NUEVO BAZTÁN

RÉGIMEN ECONÓMICO

19
Nuevo Baztán. Régimen económico. Padrones fiscales

Visto el informe de Tesorería de fecha 30 de marzo de 2020 y tras la declaración de la Organización Mundial de la Salud, el día 11 de marzo de 2020, del brote de COVID-19 como pandemia internacional, y el consecuente estado de alarma aprobado por el Gobierno mediante el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, si será posible y conveniente la modificación del referido calendario fiscal como una medida urgente y extraordinaria más para hacer frente al impacto económico y social del COVID-19.

Visto que el objetivo será única y exclusivamente modificar los plazos para el pago, tanto en período voluntario como en período ejecutivo, así como el pago derivado de los acuerdos de aplazamiento y fraccionamiento, en atención a las dificultades que la actual situación puede generar para los obligados tributarios en el cumplimiento de sus trámites y obligaciones tributarias y en aras de facilitar su pago.

En ejercicio de las competencias que me atribuye el artículo 21.1.s) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, vengo en decretar:

Primero.—Aprobar la modificación del calendario fiscal de esta Entidad correspondiente al ejercicio 2020, modificando los plazos para el pago, tanto en período voluntario como en período ejecutivo, así como el pago derivado de los acuerdos de aplazamiento y fraccionamiento, en atención a las dificultades que la situación excepcional del estado de alarma generada por el COVID-19 puede entrañar para los obligados tributarios a la hora de cumplir ciertos trámites y obligaciones tributarias y en aras de facilitar el pago de las deudas tributarias:

Segundo.—Insertar anuncio comprensivo de la presente modificación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, en cumplimiento de lo establecido en el artículo 24 del Reglamento General de Recaudación, aprobado por Real Decreto 939/2005, de 29 de julio, tablón de anuncios de esta Entidad y a disposición de los interesados en su sede electrónica.

Tercero.—Dar cuenta al Pleno de la Corporación de la presente resolución en la primera sesión ordinaria que este celebre, de conformidad con lo establecido en el artículo 21.1.m) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local.

Nuevo Baztán, a 30 de marzo de 2020.—La alcaldesa-presidenta, Gema Pacheco Huecas.

(01/9.362/20)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20N: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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