Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 79

Fecha del Boletín 
01-04-2020

Sección 4.140.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20200401-128

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MÓSTOLES NÚMERO 1

128
Móstoles número 1. Ejecución 308/2018

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACION

D./Dña. MARIA VICTORIA ESTEBAN DELGADO LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA DEL Juzgado de lo Social nº 01 de Móstoles.

HAGO SABER: Que en el procedimiento de ejecución 308/2018-V, de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de D./Dña. MARIA FRANSI ARDILA VILLANUEVA y D./Dña. MARIA DEL CARMEN ANICETO GARCIA frente a ANGLÓN SERVICIOS INTEGRALES, S.L. sobre Ejecución de títulos judiciales se ha dictado Decreto aprobando intereses y costas, cuya parte dispositiva es la siguiente:

PARTE DISPOSITIVA

Se aprueba la tasación de costas y la liquidación de intereses practicada por la suma de 1007,82 euros, a cuyo pago resulta condenada la parte demandada en las presentes actuaciones.

Firme la presente transfiérase a cada trabajador el importe de 140,91 euros en concepto de liquidación de intereses.

Transfiérase al Letrado demandante la cantidad de 663,18 euros en concepto de parte de tasación de costas.

Desconociéndose bienes o derechos de la demandada verificado lo anterior, procédase al archivo del presente procedimiento.

MODO DE IMPUGNACION: Contra el presente decreto cabe recurso directo de revisión, en el plazo de tres días desde su notificación, debiendo el recurrente que no sea trabajador o beneficiario de la Seguridad Social, ingresar la cantidad de 25 Euros, dicho depósito habrá de realizarse mediante el ingreso de su importe en la Cuenta de Depósitos y Consignaciones de este Juzgado en la entidad Banco Santander IBAN ES55 0049 3569 9200 0500 1274 número 2850-0000-64-0308-18.

Y para que sirva de notificación en legal forma a ANGLÓN SERVICIOS INTEGRALES, S.L., en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

En Móstoles, a veinticinco de febrero de dos mil veinte.

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

(03/6.647/20)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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