Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 74

Fecha del Boletín 
26-03-2020

Sección 3.10.20V: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20200326-43

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE VILLANUEVA DEL PARDILLO

RÉGIMEN ECONÓMICO

43
Villanueva del Pardillo. Régimen económico. Modificación presupuestaria

En cumplimiento de lo dispuesto por decreto de la Alcaldía de 23 de marzo de 2020, se procede a publicar el mismo, cuyo literal es el siguiente:

“El Pleno del Ayuntamiento de Villanueva del Pardillo, en sesión de 26 de febrero de 2020, aprobó inicialmente, sometiéndolo a información pública y dándole el trámite del artículo 169 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, el expediente de modificación de créditos número 1/2020/P, en la modalidad de transferencia de crédito.

El anuncio fue publicado en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID el 3 de marzo de 2020.

Con fecha 14 de marzo, se publicó en el “Boletín Oficial del Estado” el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el Covid-19, en cuya disposición adicional tercera, apartado 4, se preveía la suspensión de todos los plazos administrativos, con la sola excepción de aquellos procedimientos y resoluciones referidos a situaciones estrechamente vinculadas a los hechos justificativos del estado de alarma.

Con fecha 18 de marzo de 2020, se ha publicado en el “Boletín Oficial del Estado” el Real Decreto 465/2020, de 17 de marzo, por el por el que se modifica el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el Covid-19, cuyo artículo único modifica el apartado 4 de la disposición adicional tercera y habilita a la Administración para acordar motivadamente la continuación de aquellos procedimientos administrativos que sean indispensables para la protección del interés general.

Considerando que concurre el interés general que deriva del pago de los salarios y cuotas a la Seguridad Social de los trabajadores municipales, por cuanto que la modificación es necesaria para el funcionamiento de los servicios básicos municipales, se considera imprescindible la tramitación de este procedimiento, evitando los perjuicios que pudieran irrogarse por la suspensión que determina el estado de alarma.

En uso de las atribuciones que me confiere el artículo 21.1.m) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, he resuelto:

Primero.—Reanudar por razones de interés general el procedimiento para la aprobación de la modificación de créditos número 1/2020/P, en la modalidad de transferencia de crédito, que se encontraba en exposición pública.

Segundo.—Publicar la presente resolución en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID en la forma y a los efectos que determina el artículo 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Tercero.—Dar cuenta al Pleno de la Corporación en la primera sesión que celebre.

Cúmplase”.

En Villanueva del Pardillo, a 24 de marzo de 2020.—El alcalde-presidente, Eduardo Fernández Navarro.

(03/9.195/20)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20V: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

Madrid Comunidad Digital
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20200326-43