Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 74

Fecha del Boletín 
26-03-2020

Sección 1.3.112.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20200326-19

Páginas: 1


I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones

CONSEJERÍA DE CIENCIA, UNIVERSIDADES E INNOVACIÓN

19
ORDEN 18/2020, de 10 de marzo, del Consejero de Ciencia, Universidades e Innovación, por la que se delegan las competencias en materia de contratación en los titulares de diferentes centros directivos de la Consejería.

Mediante Decreto 52/2019, de 19 de agosto, de la Presidenta, se estableció el número y denominación de las Consejerías de la Comunidad de Madrid, creando entre ellas la Consejería de Ciencia, Universidades e Innovación.

De conformidad con dicho decreto, mediante Decreto 73/2019, de 27 de agosto, del Consejo de Gobierno, se define la estructura de las diferentes Consejerías de la Comunidad de Madrid.

Para facilitar la gestión administrativa de acuerdo con los principios generales de eficacia y eficiencia, procede establecer un régimen de delegación de competencias del titular de la Consejería de Ciencia, Universidades e Innovación en materia de contratación.

En consecuencia, y de conformidad con lo previsto en el artículo 9 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, y el artículo 69.3 de la Ley 9/1990, de 8 de noviembre, Reguladora de la Hacienda de la Comunidad de Madrid,

DISPONGO

Primero

Delegaciones en materia de contratación

1. Se delega en el titular de la Secretaría General Técnica las competencias del titular de la Consejería en materia de contratación, incluidos los contratos privados. Esta delegación comprende la competencia para aprobar todos los actos administrativos que deban adoptarse en los procedimientos de contratación y la aprobación de los actos y operaciones del proceso de gasto, así como la devolución de garantías en materia de contratación.

2. Se delega en el titular de la Secretaría General Técnica la competencia para la designación de los miembros de las mesas de contratación de la Consejería.

3. Se delega en los titulares de las direcciones generales, en sus respectivos ámbitos competenciales, la celebración de contratos menores. Esta delegación abarca todas las facultades que la normativa de contratación aplicable atribuya al órgano de contratación, incluida la aprobación del gasto.

4. Se delega en el titular de la Secretaría General Técnica la realización de las comprobaciones propias del órgano de contratación previstas en el artículo 118 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014.

Segundo

Producción de efectos

La presente orden surtirá efectos a partir del día siguiente al de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Madrid, a 10 de marzo de 2020.

El Consejero de Ciencia, Universidades e Innovación, EDUARDO SICILIA CAVANILLAS

(03/8.732/20)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.3.112.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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