Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 71

Fecha del Boletín 
23-03-2020

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20200323-52

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 88

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Madrid número 88. Procedimiento 980/2017

EDICTO

En este Juzgado se siguen autos de procedimiento de juicio verbal (250.2) número 980/2017, entre la comunidad de propietarios de la calle Embajadores, 131, de Madrid, y don Luis Alzamora Fragua y la herencia yacente de don Clemente Alzamora Escudero y doña Carmen Fragua Martín, en reclamación de 2.687,75 euros, en cuyos autos se ha dictado sentencia con fecha 27 de enero de 2020, cuyo fallo es del tenor literal siguiente:

“Sentencia número 44/2020

Madrid, a 27 de enero de 2020.—La magistrada-juez, doña Esther Lobo Domínguez.

Fallo

Que estimando la demanda interpuesta por el procurador don Jorge Deleito García, en representación de la comunidad de propietarios de la calle Embajadores, 131, de Madrid, contra la herencia yacente de don Clemente Alzamora Escudero y doña Carmen Fragua Martín, en la persona de sus hijos don Francisco Alzamora Fragua y don Luis Alzamora Fragua, en situación de rebeldía procesal, debo condenar y condeno a la herencia yacente de don Clemente Alzamora Escudero y doña Carmen Fragua Martín, en la persona de su hijo don Francisco Alzamora Fragua (al haberse desistido respecto de Luis Alzamora Fragua) a abonar la cantidad de 1.479,84 euros, por el período comprendido entre enero de 2016 a febrero de 2017, más los intereses legales desde la fecha de interposición de la demanda, y al pago de las costas causadas en el presente procedimiento. Notifíquese esta resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma no cabe recurso.

Así por esta mi sentencia, la pronuncio, mando y firmo.—La magistrada-juez”.

En atención a la comunicación infructuosa e ignorado paradero del demandado don Luis Alzamora Fragua y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 497.2 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, se ha acordado notificar la citada resolución por edicto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

El texto completo de la resolución que se notifica está a disposición del interesado en la Secretaría de este Tribunal.

En Madrid, a 31 de enero del 2020.—El letrado de la Administración de Justicia (firmado).

(02/7.336/20)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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