Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 63

Fecha del Boletín 
13-03-2020

Sección 1.1.104.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20200313-180

Páginas: 2


I. COMUNIDAD DE MADRID

A) Disposiciones Generales

CONSEJERÍA DE HACIENDA Y FUNCIÓN PÚBLICA

180
RESOLUCIÓN de 13 de marzo de 2020, de la Dirección General de Función Pública, por la que se dictan instrucciones de teletrabajo, en base a la Orden 338/2020, de 9 de marzo, por la que se adoptan medidas preventivas y recomendaciones de salud pública en la Comunidad de Madrid, como consecuencia de la situación y evolución del coronavirus (COVID-19).

El Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid, en su sesión extraordinaria del 9 de marzo de 2020, ha adoptado diversas decisiones, las cuales se han concretado en la Orden 338/2020, de 9 de marzo, de la Consejería de Sanidad, por la que se adoptan medidas preventivas y recomendaciones de salud pública en la Comunidad de Madrid como consecuencia de la situación y evolución del coronavirus (COVID-19).

Entre las recomendaciones en el ámbito laboral se encuentra la promoción por parte de las empresas para que se realice la actividad laboral mediante el sistema de teletrabajo. Dicha recomendación, y en lo que afecta a la prestación de servicios por parte del personal incluido en el ámbito de aplicación del Convenio Colectivo Único para el personal laboral al servicio de la Administración de la Comunidad de Madrid y del Acuerdo Sectorial sobre condiciones de trabajo del personal funcionario de administración y servicios para el período 2018-2020, hace aconsejable el dictar unas instrucciones que amplíen las emitidas el pasado 10 de marzo con motivo del cierre de los centros educativos, que permitan que el personal pueda conciliar el trabajo como consecuencia de la situación y evolución del coronavirus (COVID-19).

En virtud de cuanto antecede, y en uso de las competencias asignadas por el artículo 11, del Decreto 272/2019, de 22 de octubre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Hacienda y Función Pública,

RESUELVO

Primero

Objeto

La presente resolución tiene como objeto establecer la modalidad de Teletrabajo de manera habitual como consecuencia de la situación y evolución del coronavirus (COVID-19).

Segundo

Ámbito de aplicación

Estas instrucciones serán de aplicación en relación con el personal incluido dentro del ámbito del Acuerdo Sectorial sobre condiciones de trabajo del personal funcionario de administración y servicios de la Comunidad de Madrid (2018-2020) y del Convenio Colectivo Único para el personal laboral al servicio de la Administración de la Comunidad de Madrid para 2018-2020.

Tercero

Garantías de prestación del servicio

1. Se establece como modo habitual el teletrabajo con los medios tecnológicos disponibles.

2. El Secretario General Técnico, con el visto bueno del titular del centro directivo, determinará el modo de teletrabajar del personal a su cargo, salvaguardando la continuidad del Servicio de la Unidad Organizativa.

3. El Secretario General Técnico, con el visto bueno del titular del centro directivo, determinará cuándo se debe requerir la presencia física por prestar un servicio esencial.

Cuarto

Efectos

La presente Resolución producirá efectos inmediatos en el momento de su firma y durante el plazo previsto en el apartado tercero de la Orden 338/2020, de 9 de marzo, de la Consejería de Sanidad, sin perjuicio de las prórrogas o modificaciones que pudieran acordarse por las autoridades sanitarias de conformidad con lo establecido en dicho apartado.

Madrid, a 13 de marzo de 2020.—La Directora General de Función Pública, María José Esteban Raposo.

(03/8.147/20)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.1.104.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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