Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 59

Fecha del Boletín 
10-03-2020

Sección 3.10.20C: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20200310-32

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE CIEMPOZUELOS

RÉGIMEN ECONÓMICO

32
Ciempozuelos. Régimen económico. Padrones fiscales

A los efectos de notificación colectiva y de conformidad con los artículos 102, de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, y 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, y 24 del Real Decreto 939/2005, de 29 de julio, se hace público que por resoluciones de la señora alcaldesa-presidenta números 446 y 448, de 14 de febrero de 2020, se ha dispuesto cuanto sigue:

1.o Aprobar el padrón y la lista cobratoria correspondiente a:

— Impuesto sobre vehículos de tracción mecánica (IVTM) ejercicio 2020, cuyo período voluntario de ingreso queda establecido entre el 20 de marzo y 20 de mayo de 2020, ambos inclusive.

— Tasa por utilización privativa o aprovechamiento especial del dominio público local con el mercadillo municipal de carácter periódico semanal (primer semestre 2020), cuyo período voluntario de ingreso queda establecido entre el 20 de marzo y 20 de mayo de 2020, ambos inclusive.

Se informa que la fecha prevista de cargo de los recibos domiciliados de ambos tributos es el 15 de abril de 2020.

2.o Exponer al público en la Tesorería y en la Recaudación Municipal, durante el plazo de 15 días la correspondiente lista cobratoria.

3.o Modalidad de cobro: exclusivamente mediante la presentación del recibo de pago a través de las Entidades que tienen atribuida la condición de entidad colaboradora en la Recaudación del Ayuntamiento de Ciempozuelos: Bankia, S. A., Eurocaja Rural SCC, Banco Santander, S. A., Unicaja Banco, S. A.

4.o Lugares, días y horas de ingreso: en cualquier oficina de las Entidades anteriormente relacionadas en días y horario de atención al público.

5.o Publicar el presente acuerdo en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, en el tablón de edictos del Ayuntamiento y en los lugares de costumbre a los efectos oportunos.

6.o Transcurrido el plazo de ingreso en período voluntario, las deudas serán exigidas por el procedimiento de apremio y devengarán los correspondientes recargos ejecutivos, los intereses de demora y en su caso, las costas que se establezcan.

Contra el presente acuerdo, que agota la vía administrativa, los interesados podrán interponer, en el plazo de un mes a contar desde la publicación de este anuncio, recurso de reposición, previo al recurso Contencioso Administrativo, ante el órgano que dictó el acto, sin perjuicio de que puedan ejercitar, en su caso, cualquier otro que estimen procedente.

En Ciempozuelos, a 20 de febrero de 2020.—La alcaldesa-presidenta, Raquel Jimeno Pérez.

(02/6.075/20)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20C: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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