Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 56

Fecha del Boletín 
06-03-2020

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20200306-138

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 21

138
Madrid número 21. Procedimiento 450/2019

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

DOÑA LAURA CARRIÓN GÓMEZ, LETRADA DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA del Juzgado de lo Social n.º 21 de Madrid, HAGO SABER:

Que en el procedimiento 450/2019 de este Juzgado de lo Social, seguido a instancia de DON JAVIER MATEOS GÓMEZ frente a BLUE VISTA PLATAFORMA DE EMISIÓN EN NUEVOS MEDIOS, S. L., BLUE VISTA SERVICES AND CONSULTING. S. L., y administrador concursal sobre despidos/ceses en general se ha dictado la siguiente resolución:

PARTE DISPOSITIVA

Dispongo: se complementa la sentencia dictada el día 20 de enero de 2020 en el sentido de añadir un párrafo al fallo de la sentencia del siguiente tenor:

«Condeno a la demanda a abonar al actor en concepto de indemnización por despido, la cantidad de 7.889,36 euros».

Se mantienen el resto de pronunciamientos de la sentencia. Contra la presente resolución no cabe otro recurso que el que quepa contra la sentencia a la que aclara.

Y para que sirva de notificación en legal forma a BLUE VISTA PLATAFORMA DE EMISIÓN EN NUEVOS MEDIOS, S. L., y BLUE VISTA SERVICES AND CONSULTING, S. L., en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

En Madrid, a dieciocho de febrero de dos mil veinte.

LA LETRADA DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

(03/6.544/20)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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