Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 53

Fecha del Boletín 
03-03-2020

Sección 3.10.20S: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20200303-69

Páginas: 2


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE SAN LORENZO DE EL ESCORIAL

RÉGIMEN ECONÓMICO

69
San Lorenzo de El Escorial. Régimen económico. Extracto convocatoria

Extracto del acuerdo de la Junta de Gobierno Local, de 20 de febrero de 2020, por el que se aprueban las Bases para la concesión de ayudas a Entidades Deportivas, ejercicio 2020.

BDNS (Identif.): 496976

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhafp.gob.es/bdnstrans/es/index):

1.o Beneficiarios.—Podrán optar a las ayudas las personas que en el momento de presentar su solicitud cumplan los requisitos que a continuación se enumeran:

a) Podrán solicitar las ayudas todos los clubes, asociaciones, agrupaciones y entidades deportivas previstas en el capítulo II, del título IV, de la Ley 15/1994, de 28 de diciembre, del Deporte de la Comunidad de Madrid, que cumplan los siguientes requisitos y no reciban ayudas para los mismos objetos y finalidades descritas en el artículo 1.o, por medio de un convenio específico con este Ayuntamiento.

b) Estar ubicadas en San Lorenzo de el Escorial.

c) Estar legalmente inscritas en el Registro de Asociaciones Deportivas de la Comunidad de Madrid con al menos un año de antigüedad en el momento de aprobación de las presentes bases.

d) Tener al menos el 50 por 100 del total de sus deportistas empadronados en San Lorenzo de El Escorial. En caso de que una entidad solicite ayuda solo para alguno de sus equipos inscritos en ligas regulares este porcentaje podrá limitarse al conjunto de deportistas pertenecientes a ese equipo.

e) En los equipos no base, el club solicitante no podrá tener menos del 20 por 100 de deportistas empadronados en San Lorenzo de El Escorial en cada equipo y categoría. Además de participar en competiciones regulares (ligas) organizadas por sus respectivas federaciones.

f) Reunir al menos uno de los dos siguientes requisitos:

1. Tener dadas de alta un mínimo de diez licencias de deportistas de base (nacidos en el año 2000 en adelante) en el momento de la solicitud. Y participando en competiciones regulares (ligas) organizadas por sus respectivas federaciones o en el Programa de Deporte Infantil. Estos deportistas deberán de estar todos ellos empadronados en San Lorenzo de El Escorial.

2. Tener dadas de alta un mínimo de quince licencias federativas de deportistas en el momento de la solicitud. Estos deportistas deberán de estar todos ellos empadronados en San Lorenzo de El Escorial.

Estarán exentas del requisito del apartado b) las entidades deportivas que tan solo tengan equipos o deportistas inscritos y participando en las competiciones de deporte infantil organizadas por la Agrupación Deportiva de la Sierra.

También estarán exentas de los requisitos c), d) y e) las solicitudes de ayuda que se refieran exclusivamente a la organización de eventos deportivos de libre inscripción.

Para las entidades adscritas a federaciones de deporte eminentemente individual, se tendrán en cuenta las peculiaridades del mismo.

No se permite la subcontratación total ni parcial de la actividad.

2.o Objeto.—Las ayudas que se exponen en las presentes bases tienen por finalidad fomentar la práctica deportiva colaborando con las entidades privadas sin ánimo de lucro.

Estas ayudas irán destinadas financiar la participación, el desplazamiento y organización de actos deportivos, así como para la compra de material deportivo.

3.o Bases reguladoras.—Las bases reguladoras fueron aprobadas por la Junta de Gobierno Local, de 20 de febrero de 2020, y se pueden consultar en la página web municipal, en el tablón de anuncios (www.aytosanlorenzo.es), y en el portal de transparencia (transparencia.aytosanlorenzo.es).

4.o Cuantía.—La cuantía total máxima de todas las ayudas a otorgar es de 67.000,00 euros en concepto de subvenciones con cargo a los créditos disponibles del Programa 3400-48000 del presupuesto del ejercicio 2020.

5.o Plazo de presentación de solicitudes.—El plazo de presentación será hasta el día 20 de marzo de 2020, a las catorce horas.

En San Lorenzo de El Escorial, a 20 de febrero de 2020.—La alcaldesa, Carlota López Esteban.

(03/6.566/20)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

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