Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 53

Fecha del Boletín 
03-03-2020

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20200303-237

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 34

237
Madrid número 34. Ejecución 17/2019

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

D. FERNANDO BENITEZ BENITEZ LETRADO DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA DEL Juzgado de lo Social nº 34 de Madrid, HAGO SABER:

Que en el procedimiento 17/2019 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de D./Dña. MILAGROS DOMINGA RUIZ HUAPAYA frente a JET PERU MONEY TRANSFER SA sobre Ejecución de títulos judiciales se ha dictado la siguiente resolución:

DISPONGO.- Estimar la demanda incidental formulada por DOÑA MILAGROS DOMINGA RUIZ HUAPAYA contra JET PERU MONEY TRANSFER SOCIEDAD ANONIMA y en consecuencia:

1.- Declarar que la Empresa ejecutada no ha procedido a readmitir a la trabajadora despedida.

2.- Resolver la relación contractual condenando a la empleadora a que satisfaga a la ejecutante la cantidad de DIECISÉIS MIL OCHOCIENTOS OCHENTA Y NUEVE EUROS CON DIECIOCHO CENTIMOS DE EURO por el concepto de indemnización rescisoria total.

3.- Condenar a la Empresa ejecutada a que le satisfaga por el concepto de salarios de tramitación el importe total de los salarios devengados desde el día siguiente al despido (1 de Mayo de 2018) a la fecha de esta resolución calculados de acuerdo con el salario mínimo interprofesional vigente en cada momento.

4.- Condenarle a que mantenga a la trabajadora ejecutante en situación de alta durante el expresado período de tramitación que se extiende desde el día siguiente al despido hasta el día de hoy.

5.- Condenar a la Empresa a que satisfaga las costas del trámite (honorarios de Letrado).

Notifíquese la presente resolución a las partes, advirtiéndoles que contra la misma cabe interponer recurso de reposición en el plazo de TRES DIAS, que no paralizará ni suspenderá la ejecución.

Y para que sirva de NOTIFICACIÓN EN LEGAL FORMA a JET PERU MONEY TRANSFER SA, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid.

Se advierte al destinatario de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

En Madrid, a nueve de enero de dos mil veinte.

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

(03/4.420/20)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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