Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 49

Fecha del Boletín 
27-02-2020

Sección 4.80.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20200227-75

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE ALCOBENDAS NÚMERO 5

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Alcobendas número 5. Procedimiento 1604/2018

EDICTO

Doña Laura Pérez Puente, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de primera instancia número 5 de Alcobendas.

Da fe: Que en este Juzgado se siguen autos de procedimiento ordinario 1604/2018, instados por el procurador don Manuel Díaz Alfonso, en nombre y representación de Liberbank, S. A., contra don David Donoso Sánchez y doña Elena Monterrubio Campos, en reclamación de cantidad, en los que se ha dictado en fecha 19 de noviembre de 2019 sentencia, cuyo fallo es el siguiente:

Fallo

Que estimando íntegramente como estimo la demanda formulada por Liberbank, S. A., representada por el procurador de los tribunales, don Manuel Díaz Alfonso, contra don David Donoso Sánchez y doña Elena Monterrubio Campos, en situación de rebeldía procesal, debo declarar y declaro:

1. La resolución del contrato y vencimiento anticipado de la obligación de pago del contrato de préstamo hipotecario suscrito por las partes de fecha 27 de enero de 2009.

2. Condenar a los demandados a abonar solidariamente a la actora la cantidad de 18.891,86 euros, los intereses referidos y costas del procedimiento.

Notifíquese la presente resolución las partes, haciéndoles saber que no es firme y que contra la misma cabe formular recurso de apelación, que se interpondrá ante este Juzgado en el plazo de veinte días desde la notificación de esta resolución, debiendo consignar para ello el depósito de 50 euros en la cuenta que este Juzgado tiene abierta en la entidad Banesto.

Dispongo que se lleve esta sentencia al Libro de Sentencias de este Juzgado, dejando certificación del mismo en las actuaciones y que se tome oportuna nota en los Libros-Registro.

Así por esta mi sentencia la pronuncio, mando y firmo.

Publicación

La anterior sentencia ha sido notificada, publicada y archivada en el Libro correspondiente en la Secretaría de este Juzgado, quedando unida a las actuaciones por testimonio literal. Doy fe.

En atención al desconocimiento del actual domicilio de los demandados, don David Donoso Sánchez y doña Elena Monterrubio Campos, y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 497.2 de la LEC, se ha acordado notificar la citada resolución por edicto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

El texto completo de la resolución que se notifica está a disposición del interesado en la Secretaría de este Tribunal.

En Alcobendas, a 7 de enero de 2020.—La letrada de la Administración de Justicia (firmado).

(02/2.706/20)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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