Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 48

Fecha del Boletín 
26-02-2020

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20200226-66

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 22

66
Madrid número 22. Procedimiento 157/2019

EDICTO

Doña Gema Fernández de Vera Ruiz, letrada de la Admón. de Justicia del Juzgado de 1ª Instancia núm. 22.

Da fe: Que en este Juzgado se siguen autos de procedimiento Familia. Divorcio contencioso núm. 157/2019 instados por Procurador D./Dña. JAVIER LORENTE ZURDO en nombre y representación de Dña. IVONE MARYSOL CLAVIJO TOAPANTA frente D. JOHNY GONZALO ROSAS ASTUDILLO en reclamación de, en los que se ha dictado en fecha 10/02/2020 SENTENCIA cuyo fallo es la siguiente:

Que estimando la demanda de divorcio formulada por el Procurador D. Javier Lorente Zurdo en nombre y representación de Dña. IVONE MARYSOL CLAVIJO TOAPANTA, frente a D. JOHNY GONZALO ROSAS ASTUDILLO, en situación procesal de rebeldía, debo declarar y declaro la disolución por divorcio del matrimonio formado por ambos cónyuges, celebrado el día 14.03.2006 en Madrid, con los efectos legales inherentes a tal situación, acordando las siguientes MEDIDAS:

1.º La atribución de la guardia y custodia de la hija menor común a la madre Dª. IVONE MARYSOL CLAVIJO TOAPANTA, asa como el ejercicio de la patria potestad.

2.º No ha lugar a fijar régimen de visitas de la menor con su padre.

3.º El uso del domicilio familiar sito en la C/ Nuestra Señora de la Antigua, nº 54, 2º izquierda de Madrid, se atribuye a la menor y a Dª IVONE MARYSOL CLAVIJO TOAPANTA, por quedar en su compañía.

4.º Queda en suspenso la contribución del padre a los alimentos de la hija.

A la vista de la rebeldía del demandado notifíquesele la sentencia en la forma prevista en el Art. 500 de la LEC, librándose edicto que se publicará directamente por el juzgado en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, por vía telemática, dada la designación del turno de oficio del procurador de la demandante.

Contra la presente resolución cabe interponer recurso de apelación en el plazo de veinte días, ante este Juzgado, para su resolución por la Ilma. Audiencia Provincial de Madrid (artículos 458 y siguientes de la L.E.Civil), previa constitución de un depósito de 50 euros, en la cuenta 2450-0000-33-0157-19 de este Órgano.

Si las cantidades van a ser ingresadas por transferencia bancaria, deberá ingresarlas en la cuenta número IBAN ES55 0049 3569 9200 0500 1274, indicando en el campo beneficiario Juzgado de 1ª Instancia nº 22 de Madrid, y en el campo observaciones o concepto se consignarán los siguientes dígitos 2450-0000-33-0157-19.

Así por esta sentencia lo pronuncio, mando y firmo.

En atención al desconocimiento del actual domicilio del demandado D. JOHNY GONZALO ROSAS ASTUDILLO y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 497.2 de la LEC, se ha acordado notificar la citada resolución por edicto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

El texto completo de la resolución que se notifica está a disposición del interesado en la Secretaría de este tribunal.

En Madrid, a 10 de febrero de 2020.

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

(03/5.126/20)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

Madrid Comunidad Digital
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20200226-66