Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 46

Fecha del Boletín 
24-02-2020

Sección 3.10.20V: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20200224-67

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE VILLANUEVA DEL PARDILLO

ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

67
Villanueva del Pardillo. Organización y funcionamiento. Delegación funciones

El alcalde-presidente del Ayuntamiento de Villanueva del Pardillo ha dictado resolución el día 6 febrero 2020 del siguiente literal:

“Don Eduardo Fernández Navarro, alcalde-presidente del Ayuntamiento de Villanueva del Pardillo, actuando en el ejercicio de las facultades y atribuciones que me son conferidas por la legislación vigente.

De conformidad con lo dispuesto en los artículos 20.1.b) y 23 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local; el artículo 31.2 de la Ley 2/2003, de 11 de marzo, de Administración Local de la Comunidad de Madrid; los artículos 35.1.d), 52 del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, y los artículos 31 y 46 a 47 del Reglamento Orgánico de Villanueva del Pardillo.

Constituida la Junta de Gobierno Local, que deberá asistir permanentemente al alcalde en el ejercicio de sus atribuciones, así como ejercer las atribuciones que le deleguen el alcalde o el Pleno.

En aras de una mejor y más eficiente organización municipal, por la presente, resuelvo:

Primero.—Delegar en la Junta de Gobierno Local el ejercicio de la siguiente competencia que me es atribuida por disposición de la vigente legislación y que tiene carácter delegable, además de las ya delegadas mediante Decreto 2019/827, de 24 de junio de 2019:

19. Sancionar las faltas por infracción de las ordenanzas municipales, salvo en los casos en que tal facultad esté atribuida a otros órganos.

Los acuerdos que se adopten por delegación se entenderán dictados por esta Alcaldía como titular de la competencia originaria, a quien se tendrá mantener informado del ejercicio de la delegación.

Segundo.—Notificar la presente resolución a los concejales afectados para su conocimiento y efectos. La designación se considerará tácitamente aceptada salvo manifestación expresa.

Tercero.—Pública esta resolución en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 46.1 del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales.

Cuarto.—Dar cuenta de esta resolución al Pleno en la próxima sesión que este celebre.

Cúmplase”.

Lo que se hace público para general conocimiento y dando cumplimiento a los dispuesto en el artículo 46.1 del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales.

En Villanueva del Pardillo, a 12 de febrero de 2020.—El alcalde presidente, Eduardo Fernández Navarro.

(03/4.828/20)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20V: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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