Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 44

Fecha del Boletín 
21-02-2020

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20200221-87

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 1

87
Madrid número 1. Procedimiento 1102/2014

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Carmen Rodríguez Vozmediano, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo social número 1 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 1102/2014, de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña María Isabel Vázquez Carrillo, frente al Fondo de Garantía Salarial; Coordinadora Integral Óptica de Servicios Agrupados, S. L.; Espacio y Desarrollo XVII, S. L.; don José María González de la Cruz; Cooperativa Industrial de Óptica Cione, Segunda Viabilidad, S. A. (en liquidación); Gestora de Marcas de Óptica, S. L., y don Ignacio Justo Lamana Peña, sobre despidos/ceses en general, se ha dictado la siguiente resolución:

Diligencia.—En Madrid, a 4 de octubre de 2019.—La extiendo yo, la letrada de la Administración de Justicia, para hacer constar que con fecha 4 de octubre de 2019, se reciben en este Juzgado de lo social los presentes autos, devueltos por la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid junto con testimonio de la resolución recaída y de su firmeza. Doy fe.

Diligencia de ordenación de la letrada de la Administración de Justicia, doña Carmen Rodríguez Vozmediano.—En Madrid, a 4 de octubre de 2019.

Por recibidos los presentes autos procedentes de la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia, con testimonio de la resolución recaída, acúsese recibo.

En cuanto a la cantidad consignada y transferida por el Tribunal Superior de Justicia, esto es, 3.514,31 euros, hágase entrega de la misma a la parte recurrente, en concepto de principal, una vez sea firme esta resolución, a quien se le hará saber que los mandamientos deberán ser presentados al cobro en un plazo de tres meses, a contar desde el día siguiente a su emisión, no excluyéndose los días inhábiles, pero sí el día del vencimiento, por lo que se entenderá que el mandamiento vence el día hábil siguiente (artículo 12.2 del Real Decreto 467/2006, de 21 de abril). Y archívense las actuaciones una vez firme esta resolución.

Modo de impugnación: mediante recurso de reposición ante este Juzgado, no obstante lo cual, se llevará a efecto lo acordado. El recurso deberá interponerse por escrito en el plazo de tres días hábiles contados desde el siguiente de la notificación, con expresión de la infracción cometida a juicio del recurrente, sin cuyos requisitos no se admitirá el recurso (artículo 186.1 de la LJS).

Así lo acuerdo y firmo. Doy fe.—La letrada de la Administración de Justicia.

Diligencia.—Seguidamente se cumple lo acordado, y se procede a su notificación a los interesados por los medios y con los requisitos establecidos en los artículos 55 a 60 de la LRJS. Doy fe.

Y para que sirva de notificación en legal forma a don Ignacio Justo Lamana Peña, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Se advierte al destinatario de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

En Madrid, a 16 de diciembre de 2019.—La letrada de la Administración de Justicia (firmado).

(03/3.099/20)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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