Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 44

Fecha del Boletín 
21-02-2020

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20200221-66

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 22

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Madrid número 22. Procedimiento 645/2018

EDICTO

Doña Eva María Luna Mairal, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de primera instancia número 22 de Madrid.

Da fe: Que en este Juzgado se siguen autos de procedimiento familia, modificación de medidas supuesto contencioso número 645/2018, instados por la procuradora doña María Paz Santamaría Zapata, en nombre y representación de don Luis Fernández Zapico, contra doña Ana Consuelo Palau Caro, en lo que se ha dictado en fecha 9 de enero de 2020 sentencia, cuyo fallo es el siguiente:

“Que estimando la demanda interpuesta por don Luis Fernández Zapico, representado por la procuradora doña Paz Santamaría Zapata, contra doña Ana Consuelo Palau Caro, en situación procesal de rebeldía, se acuerda, sin pronunciamiento en costas, modificar los pronunciamientos de la sentencia de separación dictada por el Juzgado de primera instancia número 22 de Madrid de fecha 13 de diciembre de 1998 en el extremo siguiente:

El uso del domicilio familiar sito en la calle Constancia, número 32, segundo 9, de Madrid, se atribuye a don Luis Fernández Zapico hasta la liquidación de la sociedad de gananciales.

Contra la presente resolución cabe interponer recurso de apelación en el plazo de veinte días, ante este Juzgado, para su resolución por la ilustrísima Audiencia Provincial de Madrid (artículos 458 y siguientes de la Ley de Enjuiciamiento Civil), previa constitución de un depósito de 50 euros, en la cuenta 2450-0000-35-0645-18 de esta oficina judicial de la cuenta general de depósitos y consignaciones abierta en Banco Santander.

Si las cantidades van a ser ingresadas por transferencia bancaria, deberá ingresarlas en la cuenta número IBAN ES55 0049 3569 9200 0500 1274, indicando en el campo “beneficiario”: Juzgado de primera instancia número 22 de Madrid, y en el campo “observaciones o concepto” se consignarán los siguientes dígitos: 2450-0000-35-0645-18.

No se admitirá a trámite ningún recurso cuyo depósito no esté constituido (Ley Orgánica 1/2009, disposición adicional decimoquinta).

Así por esta sentencia lo pronuncio, mando y firmo.—El/la magistrado/a-juez”.

En atención al desconocimiento del actual domicilio del demandado doña Ana Consuelo Palau Caro y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 497.2 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, se ha acordado notificar la citada resolución por edicto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

El texto completo de la resolución que se notifica está a disposición del interesado en la secretaría de este Tribunal.

En Madrid, a 10 de enero de 2020.—La letrada de la Administración de Justicia (firmado).

(02/3.333/20)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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