Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 37

Fecha del Boletín 
13-02-2020

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20200213-90

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 18

90
Madrid número 18. Ejecución 37/2018

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Pilar Ortiz Martínez, letrada de la Admón. de Justicia del Juzgado de lo Social nº 18 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento 37/2018 de este Juzgado de lo Social, seguido a instancia de D./Dña. FRANCISCO JAVIER VALIENTE MARTIN, D./Dña. JOSE-FRANCISCO MARTINEZ ALVAREZ, D./Dña. JOSE LUIS VALIENTE MARTIN y D./Dña. TEODORO PEREZ BLAZQUEZ frente a INSTALFIBRA SIGLO XXI SL sobre Ejecución de títulos judiciales se ha dictado la siguiente resolución:

Se acuerda subsanar la omisión advertida en el auto de ejecución de fecha 16-4-2018, añadiendo al ejecutante D JOSE FRANCISCO MARTINEZ ALVAREZ, manteniéndose íntegramente el resto del contenido de dichas resoluciones.

Expídase testimonio de esta resolución para su presentación ante el FOGASA, el cual se remitirá por correo certificado, con acuse de recibo, a la parte ejecutante.

Y una vez verificado lo anterior, vuélvanse a archivar las presentes actuaciones.

MODO DE IMPUGNACION: Contra el presente decreto cabe recurso de REPOSICION, en el plazo de TRES DIAS desde su notificación, debiendo el recurrente que no sea trabajador o beneficiario de la Seguridad Social, ingresar la cantidad de 25 Euros, dicho depósito habrá de realizarse mediante el ingreso de su importe en la Cuenta de Depósitos y Consignaciones de este Juzgado en la entidad BANCO DE SANTANDER IBAN ES55 0049 3569 9200 0500 1274 número 2516-0000-64-0037-18.

Así, por éste su Auto, lo acuerda, manda y firma, el Ilmo. Sr. Magistrado - Juez.

Y para que sirva de notificación en legal forma a INSTALFIBRA SIGLO XXI SL, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

En Madrid, a veintiuno de enero de dos mil veinte.

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

(03/2.372/20)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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