Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 37

Fecha del Boletín 
13-02-2020

Sección 4.100.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20200213-65

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN DE NAVALCARNERO NÚMERO 3

65
Navalcarnero número 3. Procedimiento 28/2019

EDICTO

Doña Carmen Iribarren Blanco, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de primera instancia número 3 de Navalcarnero.

Da fe: Que en este Juzgado se siguen autos de procedimiento de juicio verbal (250.2) número 28/2019, instados por la procuradora doña Ana Vázquez Pastor, en nombre y representación de Operibérica, S. A. U., contra don Shelman Haidar Haidar, en reclamación de 1.418,50 euros, en los que se ha dictado en fecha 7 de enero de 2020 sentencia, cuyo fallo es el siguiente:

Sentencia número 3/2020

El juez/magistrado-juez, don Pedro Duque Rodríguez.—Navalcarnero, a 9 de enero de 2020.

Vistos por mí, el ilustrísimo señor magistrado-juez del Juzgado de primera instancia e instrucción número 3 de Navalcarnero, don Pedro Duque Rodríguez, los autos de juicio verbal 28/2019, que han sido promovidos por la mercantil Operibérica, S. A. U., representada por la procuradora de los tribunales doña Ana Vázquez Pastor, bajo la dirección letrada de doña Laura Hidalgo Monsalve, frente a don Selman Haidar Haidar, declarado en situación de rebeldía procesal, en virtud del poder que me confiere la Constitución española y en nombre de Su Majestad el Rey, he venido en dictar el presente

Fallo

Estimo íntegramente la demanda formulada por la procuradora de los tribunales, doña Ana Vázquez Pastor, en nombre y representación de la mercantil Operibérica, S. A. U., declaro haber lugar a ella y, en consecuencia, condeno a don Selman Haidar Haidar a abonar a la demandante la cantidad de 1.418,50 euros, más los intereses legales desde la interposición de la demanda el 4 de diciembre de 2018.

Condeno a don Selman Haidar Haidar al pago de las costas del procedimiento.

Notifíquese esta sentencia a las partes haciéndoles saber que es firme y que contra ella no cabe recurso ordinario alguno.

Líbrese y únase testimonio de la presente resolución a las actuaciones con inclusión de la original en el libro de sentencias.

Así, por esta mi sentencia, juzgando en primera instancia, la pronuncio, mando y firmo.

En atención al desconocimiento del actual domicilio del demandado don Shelman Haidar Haidar, y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 497.2 de la LEC, se ha acordado notificar la citada resolución por edicto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

El texto completo de la resolución que se notifica está a disposición del interesado en la Secretaría de este Tribunal.

En Navalcarnero, a 9 de enero de 2020.—La letrada de la Administración de Justicia (firmado).

(02/1.773/20)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.100.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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