Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 37

Fecha del Boletín 
13-02-2020

Sección 4.100.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20200213-64

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN DE ARGANDA DEL REY NÚMERO 5

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Arganda del Rey número 5. Procedimiento 304/2017

EDICTO

Doña Amelia Serra Rubio, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de primera instancia número 5 de Arganda del Rey.

Da fe: Que en este Juzgado se siguen autos de procedimiento juicio verbal número 304/2017, instados por el procurador don Juan de la Ossa Montes, en nombre y representación de Línea Directa Aseguradora, contra don Luis Marcos Ruiz Torres y don Raúl Ontiveros Ama, en reclamación de 385,72 euros, en los que se ha dictado en fecha 6 de marzo de 2019 sentencia, cuyo fallo es el siguiente:

Fallo

Se estima íntegramente la demanda interpuesta por el procurador señor de la Ossa Montes, en nombre y representación de Línea Directa Aseguradora, frente a don Raúl Ontiveros Ama y don Luis Marcos Ruiz Torres y, en consecuencia, debo condenar y condeno a los demandados a abonar de forma solidaria la suma de 385,72 euros, más intereses legales desde la fecha de la interpelación judicial, con expresa condena en costas a la parte demandada.

Se imponen las costas a la parte demandada.

En atención al desconocimiento del actual domicilio del demandado don Luis Marcos Ruiz Torres y don Raúl Ontiveros Ama, y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 497.2 de la LEC, se ha acordado notificar la citada resolución por edicto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

El texto completo de la resolución que se notifica está a disposición del interesado en la Secretaría de este Tribunal.

En Arganda del Rey, a 11 de octubre de 2019.—La letrada de la Administración de Justicia (firmado).

(02/36.156/19)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.100.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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