Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 37

Fecha del Boletín 
13-02-2020

Sección 3.10.20T: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20200213-46

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE TORRES DE LA ALAMEDA

ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

46
Torres de la Alameda. Organización y funcionamiento. Ordenanza convivencia ciudadana

Aprobada inicialmente la modificación ordenanza reguladora de la convivencia ciudadana en Torres de la Alameda, por acuerdo del Pleno de 30 de enero de 2020, de conformidad con los artículos 49 y 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local; 56 del texto refundido de Régimen Local, se somete el expediente a información pública por el plazo de treinta días, a contar desde el día siguiente de su publicación mediante anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y en el tablón de anuncios de la Corporación, para que pueda ser examinada y presentar las reclamaciones que se estimen oportunas.

Durante dicho plazo podrá ser examinado por cualquier interesado en las dependencias municipales para que se formulen las alegaciones que se estimen pertinentes. Asimismo, el texto de la modificación de la ordenanza municipal estará a disposición de los interesados en el portal web del Ayuntamiento (www.torresdelaalameda.org).

En el caso de no presentarse reclamaciones en el citado plazo, se entenderá definitivamente aprobado el acuerdo de modificación de la mencionada ordenanza.

Torres de la Alameda, a 31 de enero de 2020.—El secretario general, Pedro Vizuete Mendoza.

(03/3.233/20)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20T: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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