Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 37

Fecha del Boletín 
13-02-2020

Sección 3.10.20T: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20200213-45

Páginas: 2


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE TORREJÓN DE ARDOZ

RÉGIMEN ECONÓMICO

45
Torrejón de Ardoz. Régimen económico. Extracto convocatoria subvenciones

Extracto de la resolución de fecha 3/02/2020 aprobada por acuerdo de Junta de Gobierno Local, fuera del orden del día (punto 4) por la que se convocan las bases destinadas a la convocatoria de subvenciones a entidades culturales y entidades relacionadas con las artes plásticas y escénicas (teatro), en el ámbito de la concejalía de festejos correspondiente al año 2020.

BDNS 494857

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/es/index):

Primero. Beneficiarios.—Son beneficiarios de estas subvenciones las entidades que hayan de realizar la actividad que fundamentó su otorgamiento o que se encuentre en la situación que legitima su concesión.

Podrán optar a esta subvención todas las asociaciones culturales, vecinales, peñas del municipio, entidades relacionadas con las artes plásticas (pintura, cerámica, manualidades, etc.) y escénicas (teatro) del municipio.

Los solicitantes deben estar inscritos en el registro municipal de entidades, del Ayuntamiento de Torrejón de Ardoz, con al menos un año de antigüedad, con carácter general, desde la fecha de aprobación de las bases de convocatoria por la junta de gobierno local. Habiendo participado activamente, fehacientemente, durante el transcurso del mismo, al menos en carnavales, fiestas populares y patronales, si corresponde.

Tener justificada la subvención concedida en el ejercicio anterior.

Segundo. Objeto.—Constituye el objeto y finalidad de la propia asociación y/o entidad, que suponga una acción, conducta o situación de colaboración con el Ayuntamiento para la gestión de actividades de interés social, de utilidad pública o de promoción de una finalidad pública.

Los proyectos deberán contemplar con todo detalle el tipo de gastos a los que se verá comprometido a lo largo del desarrollo del objeto de la actividad subvencionable, durante el período de ejecución, sin tener en cuenta la cuantía que podrá ser variable.

Serán susceptibles de subvención los proyectos relacionados con el área de festejos:

— Proyectos para la realización de actividades culturales, incluyendo las artes plásticas y escénicas.

— Proyectos de participación y colaboración en las actividades lúdico/culturales que organice el Ayuntamiento de Torrejón de Ardoz.

— Proyectos que potencien la participación ciudadana y el fomento del tejido asociativo.

Tercero. Bases reguladoras.—La ordenanza reguladora de las bases generales para la concesión de subvenciones en el Ayuntamiento de Torrejón de Ardoz y que se pueden consultar en la web del Ayuntamiento (http://www.ayto-torrejon.es/intranet/MiPaginaDescargas/744_ORDENANZA%20S...) y BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID (https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2016/12/27/ BOCM-20161227-48.PDF).

Cuarto. Cuantía.—El Ayuntamiento de Torrejón de Ardoz con cargo a la partida presupuestaria 050 33000 48000 denominada “Subvenciones a entidades culturales” del vigente presupuesto para el año 2020 destinará un máximo de 125.000,00 euros.

Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.—El plazo de presentación de solicitudes y documentación, se realizará en instancia normalizada, presentándola en el registro municipal, situada en el Ayuntamiento de Torrejón de Ardoz, sita en Plaza Mayor 1, desde el día 3 al 28 de febrero de 2020 ambos inclusive.

Sexto. Otros datos.—El proceso de concesión será en régimen de concurrencia competitiva.

El plazo de ejecución de los programas presentados para su subvención será hasta el 31 de diciembre 2020.

El plazo para la justificación de la subvención será hasta el 31 de enero de 2021.

Torrejón de Ardoz, a 5 de febrero de 2020.—El alcalde, Ignacio Vázquez Casavilla.

(03/3.965/20)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20T: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

Madrid Comunidad Digital
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20200213-45