Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 36

Fecha del Boletín 
12-02-2020

Sección 3.10.20A: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20200212-32

Páginas: 2


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE ALCOBENDAS

URBANISMO

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Alcobendas. Urbanismo. Reparcelación ámbito AA-3 y finca c-3

Por acuerdo de la Junta de Gobierno Local, en sesión celebrada el día 4 de febrero de 2020, se ha adoptado, entre otros el siguiente acuerdo:

«La Junta de Gobierno Local, en su sesión ordinaria celebrada el 12 de noviembre de 2019, acordó “aprobar inicialmente el proyecto de reparcelación del ámbito AA-3 y finca C-3 del PGOU de Alcobendas incorporado al expediente y cuyo objeto se limita a la agrupación de la parcela edificable de la AA-3 con la C-3, manteniendo todos los parámetros urbanísticos: superficie, usos, edificabilidad y aprovechamiento. La parcela resultante, la denominada R-2.21, está conformada por la suma de las dos parcelas de origen; someter el expediente completo a información pública por plazo de veinte días, mediante anuncios a insertar en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, en el tablón de anuncios del Ayuntamiento y en un diario de los de mayor circulación de la provincia: plazo durante el cual el expediente podrá ser examinado y formuladas cuantas alegaciones se estimen pertinentes; notificar individualmente a los propietarios y titulares de derechos afectados para que, durante el plazo de quince días, contados a partir del día siguiente al de recepción de la correspondiente notificación, puedan examinar el referido proyecto y alegar cuanto estimen pertinente a su derecho”.

El día 29 de noviembre de 2019, fueron publicados tanto el acuerdo en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID como el anuncio en el diario La Razón. Ese mismo día, se notificó al Grupo Inmobiliario Delta, S. A. Igualmente se ha publicado en el tablón de edictos municipal, del 3 de diciembre de 2019 al 3 de enero de 2020. Finalizado el plazo de información pública durante el cual ha podido ser examinado el expediente, y consultado el Registro General de Entradas de este Ayuntamiento, no se han presentado alegaciones, razón por la cual no se ha introducido modificación alguna en el documento aprobado inicialmente el 12 de noviembre de 2019, procediendo entonces continuar con el expediente por el cauce legalmente previsto.

Por lo anterior, visto el proyecto de reparcelación del Ámbito AA-3 y Finca C-3 PGOU, elaborado por Decus Gestión de proyectos, por encargo de su promotor Grupo Inmobiliario Delta, S. A., considerado igualmente el informe evacuado por los Servicios del Área de Urbanismo, es por lo que esta Junta de Gobierno Local, en ejercicio de la competencia atribuida por el artículo 127.1 d) de la Ley 7/85, de 2 de abril, de Bases de Régimen Local, acuerda:

1. Aprobar definitivamente el proyecto de reparcelación del ámbito AA-3 y finca C-3 del PGOU de Alcobendas incorporado al expediente, y cuyo objeto se limita a la agrupación de la parcela edificable de la AA-3 con la C-3, manteniendo todos los parámetros urbanísticos: superficie, usos, edificabilidad y aprovechamiento. La parcela resultante, la denominada R-2.21, está conformada por la suma de las dos parcelas de origen.

2. Publicar el presente acuerdo en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y en un diario de los de mayor circulación de la provincia, así como efectuar la publicación por medios telemáticos a la que se refiere el artículo 70 tercero de la Ley de Bases de Régimen Local, con notificación individual a los propietarios y titulares de derechos afectados.

3. Facultar al alcalde-presidente de la Corporación, o a quien legalmente le sustituya, para que comparezca y suscriba cuantos documentos sean necesarios, en su caso, para hacer efectivo el presente acuerdo».

Lo que se publica en cumplimiento de lo establecido en el acuerdo transcrito, significando que, contra ese acuerdo podrá interponerse recurso de reposición en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente a la publicación de esta resolución en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y ante el mismo órgano administrativo autor de la resolución, o bien, para el supuesto de no interposición del recurso anterior, podrá acudirse directamente a la jurisdicción contencioso-administrativa mediante recurso a interponer en el plazo de dos meses ante los Juzgados de lo Contencioso Administrativo de Madrid, a contar desde el día siguiente a la publicación de este acto en el Boletín Oficial indicado, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y en el artículo 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Alcobendas, a 7 de febrero de 2020.—El alcalde-presidente, Rafael Sánchez Acera.

(02/4.375/20)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20A: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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