Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 36

Fecha del Boletín 
12-02-2020

Sección 3.10.10: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20200212-29

Páginas: 2


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE MADRID

URBANISMO

Área de Gobierno de Desarrollo Urbano

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Madrid. Urbanismo. Área de Gobierno de Desarrollo Urbano. Concesión subvenciones

Resolución de 22 de enero de 2020, de la Directora General de Vivienda, Rehabilitación y Regeneración, por la que se hace pública la relación de resoluciones de justificación de la subvención destinadas a obras de mejora de la sostenibilidad y eficiencia energética, y a las que se realicen en edificios y viviendas incluidos en los ámbitos de las Áreas de Rehabilitación de Lavapiés, San Cristóbal de los Ángeles y Tetuán, y de la Zona Integrada de Ciudad de los Ángeles.

De conformidad con lo indicado en el artículo 18 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y tramitados los expedientes de justificación de subvención de acuerdo con el Decreto de 4 de septiembre de 2008, de la Delegada del Área de Gobierno de Urbanismo y Vivienda, para actuaciones de rehabilitación de mejora de la sostenibilidad y eficiencia energética de las edificaciones (“Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid” número 5.867, de 14 de noviembre de 2008), con el Decreto de 22 de diciembre de 2011, de la Delegada del Área de Gobierno de Urbanismo y Vivienda, de subvenciones 2012 destinadas a obras que se realicen en edificios y viviendas incluidos en los ámbitos de las Áreas de Rehabilitación de Lavapiés, San Cristóbal de los Ángeles y Tetuán (“Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid” número 6.593, de 16 de enero de 2012), con el Decreto de 11 de julio de 2013, de la Delegada del Área de Gobierno de Urbanismo y Vivienda, de subvenciones 2013 destinadas a obras que se realicen en edificios y viviendas incluidos en los ámbitos de las Áreas de Rehabilitación de Lavapiés y San Cristóbal de Los Ángeles, y de la Zona Integrada de Ciudad de los Ángeles (“Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid” número 6.977, de 6 de agosto de 2013), y con el Decreto de 2 de octubre de 2013, con destino a actuaciones de rehabilitación para mejora de la sostenibilidad y eficiencia energética de las edificaciones (“Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid” número 7.024, de 11 de octubre de 2013), han sido dictadas resoluciones conforme a las convocatorias antes indicadas y demás normativa aplicable, que han de ser objeto de la preceptiva publicación, que se llevará a cabo en el “Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid”, sin perjuicio de su publicación, igualmente, en el “Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid”, así como en la sede electrónica del Ayuntamiento de Madrid https://sede.madrid.es, de acuerdo con los términos previstos en el artículo 45.1.b) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

En consecuencia con lo expuesto, procede adoptar la siguiente resolución:

“Primero.—Publicar la relación de resoluciones dictadas por el Delegado del Área de Gobierno de Desarrollo Urbano en los procedimientos de justificación de la subvención correspondientes a la Convocatoria Pública de Subvenciones 2008 con destino a actuaciones derivadas de mejora de la sostenibilidad y eficiencia energética, Convocatoria Pública de Subvenciones 2012 destinadas a obras que se realicen en edificios y viviendas incluidos en los ámbitos de las Áreas de Rehabilitación de Lavapiés, San Cristóbal de los Ángeles y Tetuán, y Convocatoria Pública de Subvenciones 2013 con destino a actuaciones de rehabilitación para mejora de la sostenibilidad y eficiencia energética de edificios existentes de uso residencial vivienda (Anexo), con cargo a la aplicación presupuestaria 001/031/152.20/789.00 ‘Otras transferencias de capital a familias’ del presupuesto municipal para 2017, 2018, y 2019.

Segundo.—Dicha resolución pone fin a la vía administrativa, pudiendo interponerse contra la misma, con carácter potestativo, recurso de reposición ante el órgano que la dictó en el plazo de un mes (artículos 112, 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas), o directamente recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, contados ambos plazos desde el día siguiente a su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, sin perjuicio de que los interesados puedan ejercitar cualquier otro que estimen oportuno”.

Madrid, a 22 de enero de 2020.—La directora general de Vivienda, Rehabilitación y Regeneración, Isabel Calzas Hernández.

(01/3.030/20)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

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