Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 30

Fecha del Boletín 
05-02-2020

Sección 3.10.20S: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20200205-49

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE SAN FERNANDO DE HENARES

RÉGIMEN ECONÓMICO

49
San Fernando de Henares. Régimen económico. Ordenanza fiscal

Don Alberto Hontecillas Villar, concejal-delegado de Hacienda del Ayuntamiento de San Fernando de Henares (Madrid).

Hace saber: Que el Ayuntamiento Pleno, en su sesión ordinaria celebrada el día 23 de enero de 2020 adoptó, entre otros, acuerdo de aprobación provisional de la modificación de la siguiente ordenanza fiscal para el ejercicio 2020, con dictamen favorable emitido por la Comisión Informativa Especial de Cuentas:

— Aprobación provisional de la propuesta de modificación de la ordenanza número 12. Ordenanza fiscal para la exacción de la tasa por la prestación de servicios, realización de actividades y utilización de las distintas dependencias e instalaciones deportivas gestionadas por el Patronato Deportivo Municipal.

Se modifica en el artículo 3, la tarifa IV que queda como sigue:

Dicho acuerdo, junto con la redacción de las ordenanzas afectadas, permanecerá expuesto al público en el tablón de anuncios del Ayuntamiento, en el plazo de treinta días desde el día siguiente de la publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, dentro de los cuales los interesados podrán examinar el expediente y presentar las reclamaciones que estimen oportunas.

En el supuesto de no presentarse reclamación alguna, se considerarán definitivamente aprobadas, a tenor de lo establecido en el artículo 17.3 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, que aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.

San Fernando de Henares, a 28 de enero de 2020.—El concejal-delegado de Hacienda, Alberto Hontecillas Villar.

(03/3.539/20)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20S: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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