Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 30

Fecha del Boletín 
05-02-2020

Sección 1.3.113.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20200205-16

Páginas: 2


I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones

CONSEJERÍA DE CULTURA Y TURISMO

16
ANUNCIO del extracto de la Orden 2240/2019, de 17 de diciembre, de la Consejería de Cultura y Turismo, por la que se convocan ayudas a empresas privadas para realizar actividades de teatro y danza en 2020.

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http:/pap.minhap.gob.es/bdnstrans):

BDNS: 493479

Primero

Beneficiarios

Personas físicas o jurídicas privadas, titulares de empresas privadas cuyo objeto sea la realización de actividades de artes escénicas, ocupe menos de 50 personas y cuyo volumen de negocios anual o balance general no supere los 10 millones de euros. Deberán tener su residencia fiscal en un Estado miembro de la Unión Europea o del Espacio Económico Europeo. No podrán tener la condición de beneficiario las entidades sin ánimo de lucro, ni las agrupaciones de personas físicas o jurídicas que carezcan de personalidad jurídica propia, tales como comunidades de bienes o cualquier otro tipo de unidad económica o patrimonio separado.

Segundo

Objeto

Ayudas para la realización de proyectos de teatro y danza en 2020. Las actividades objeto de la subvención tendrán las siguientes modalidades:

1) Producción de una obra teatral, incluyendo su estreno.

2) Producción de una obra coreográfica, incluyendo su estreno.

3) Programación de salas de teatro de Madrid, cuyo aforo no exceda de 200 localidades y realicen un mínimo de 100 representaciones en el período subvencionable.

Tercero

Bases Reguladoras

Orden 1423/2016 de 18 de abril, de la Consejería de Presidencia, Justicia y Portavocía del Gobierno, por la que se establecen las bases reguladoras de ayudas a empresas privadas para realizar actividades de teatro y danza. BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 107 de 6 de mayo de 2016.

https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2016/05/06/BOCM-20160506-19.PDF

Cuarto

Cuantía

La convocatoria asciende a un importe máximo de 2.350.000 euros, Correspondiendo 1.500.000 euros para producción teatral, 500.000 euros para producción coreográfica y 350.000 euros para programación de salas. La cuantía mínima individual será de 4.000 euros y la máxima de 41.500. Tendrá como límite el importe de la subvención solicitada y no excederá del 75 por 100 del presupuesto presentado por el interesado en su solicitud.

Quinto

Plazo de presentación de solicitudes

Quince días hábiles contados a partir del día siguiente al de la publicación de este extracto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Sexto

Periodo subvencionable

Según línea de subvención:

I) Producción de una obra de teatro o coreográfica: desde el 1 de octubre de 2019 al 15 de noviembre de 2020. Las obras deberán estrenarse en representación pública entre el 1 de diciembre de 2019 y 15 de noviembre de 2020.

II) Programación de salas de teatro: Desde el 1 de diciembre de 2019 al 30 de noviembre de 2020.

Séptimo

Plazo máximo de justificación

I) Producción de una obra de teatro o coreográfica: hasta el 16 de noviembre de 2020.

II) Programación de salas de teatro: hasta el 1 de diciembre de 2020.

En Madrid, a 17 de diciembre de 2019.

La Consejera de Cultura y Turismo, MARTA RIVERA DE LA CRUZ

(03/2.696/20)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.3.113.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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