Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 28

Fecha del Boletín 
03-02-2020

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20200203-95

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 15

95
Madrid número 15. Ejecución 100/2019

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

D./Dña. MARIA DOLORES MARIN RELANZON LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA DEL Juzgado de lo Social nº 15 de Madrid, HAGO SABER:

Que en el procedimiento 100/2019 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de D./Dña. GERARDO BENGURION ESPINOSA CASTILLO frente a ESTUDIO FOTOGRAFICO FUTURLAB SL sobre Ejecución de títulos judiciales se ha dictado la siguiente resolución:

PARTE DISPOSITIVA

SE APRUEBA EL REMATE de los bienes subastados y reseñados en el segundo antecedente de esta resolución, a favor de D. PABLO JOSE BURGOS LÓPEZ por la cantidad de 722,20 euros.

Se acuerda requerir al rematante D. PABLO JOSÉ BURGOS LÓPEZ, para que en el plazo de DIEZ DIAS consigne la diferencia entre lo depositado para tomar parte de la subasta (78,50 EUROS) y el precio del remate (722,20 euros), apercibiéndole que de no verificarlo perderá la cantidad depositada la cual podría ser aplicada a los fines de la ejecución.

Dicha cantidad deberá ser depositada en la cuenta 2513 0000 64 010019 del Banco Santander.

MODO DE IMPUGNACIÓN: Mediante recurso de REPOSICION ante este Juzgado, no obstante lo cual, se llevará a efecto lo acordado. El recurso deberá interponerse por escrito en el plazo de TRES días hábiles contados desde el siguiente de la notificación, con expresión de la infracción cometida a juicio del recurrente, sin cuyos requisitos no se admitirá el recurso (art 186.1 L.J.S).

Así lo acuerdo y firmo. Doy fe.

Y para que sirva de NOTIFICACIÓN EN LEGAL FORMA a ESTUDIO FOTOGRAFICO FUTURLAB SL, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid.

Se advierte al destinatario de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

En Madrid, a nueve de enero de dos mil veinte.

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

(03/654/20)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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